Derecho de participación política. Principio de autorregulación de partídos políticos.

Derecho de participación política; Democracia interna de los partidos políticos, Principio de autorregulación. Interpretación de frase “participación efectiva de la juventud” contenida en el inciso r) del artículo 52 del Código Electoral. Potestad de partidos políticos de definir estatutariamente instrumentos idóneos para lograr participación política efectiva de la juventud.

Viernes, Julio 6, 2012
Actor: 
Bernal Jiménez Monge y otros
Num sentencia: 
5150-E8-2012
Palabras clave: 
Derecho de participación política. Principio de autorregulación de partídos políticos.
Paises: 
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Sentencias Electorales: 
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