Competencia de para conocer de las elecciones de coordinaciones territoriales.

La Sala Superior determinó que si a las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, compete conocer de las impugnaciones promovidas con motivo de elecciones de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, dicha competencia se surte también respecto de los procesos comiciales que se llevan a cabo dentro de tales demarcaciones, como ocurre con las elecciones de los coordinadores territoriales, pues tratándose del Distrito Federal se está frente a una situación similar a la que sucede en los estados de la República, cuando se eligen servidores públicos municipales diversos a los integrantes de los ayuntamientos.

Lunes, Septiembre 13, 2010
Actor: 
Isidro Gabriel Pérez Leyva
Num sentencia: 
SUP-JDC-1143/2010
Palabras clave: 
1. Competencia Salas Regionales. 2. Coordinadores territoriales. 3. Distrito Federal
Paises: 
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Sentencias Electorales: 
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