[1] [2] _______________ Actor: Eunice Monzón GarcíaAutoridad Responsable: -No se menciona-Rubro: ESCRUTINIO Y CÓMPUTO. PROCEDE DE OFICIO EN EL CÓMPUTO DISTRITAL.Texto: El nuevo escrutinio y cómputo procede de manera oficiosa, a partir del procedimiento mismo del cómputo distrital de la elección de que se trate. Esto, porque una vez que inicia el cómputo distrital, el Consejo respectivo debe sumar las cantidades asentadas en las actas de escrutinio y cómputo, pero si en las mismas hay errores evidentes o alteraciones, a fin de cumplir con el principio de certeza en los resultados electorales, debe, ya sea a petición de parte o de oficio, llevar a cabo un nuevo escrutinio y cómputo, toda vez que es indispensable saber con precisión, objetividad y certeza cuál es el verdadero resultado de la votación recibida en casilla, para sumarla debidamente y determinar al triunfador de la elección.Precedente: Recurso de Reconsideración.- TEE/SSI/REC/040/2015.- Actor: Eunice Monzón García.- 18 de julio de 2015.- Unanimidad de Votos.- Ponente: Magistrada: Hilda Rosa Delgado Brito. [1] https://www.te.gob.mx/juriselectoral/Juris/print/1093 [2] https://www.te.gob.mx/juriselectoral/Juris/printpdf/1093