Herramientas de Género

Análisis de casos (SRE)

Sentencia relevante: VPG por razón de identidad y expresión de género

  

Expediente: SRE-PSC-196/2021

Fecha: 2021-12-29
Sintesis: Por unanimidad, la SRE determinó que hubo violencia política contra las mujeres por razón de identidad y expresión de género, a través de frases y acciones, así como violencia institucional hacia dos denunciantes. Por las infracciones se responsabilizó al consejero presidente, al coordinador de presidencia (ambos servidores públicos del IEEA), así como al IEEA, y se dio vista al Consejo General del INE.
Descripción:

Procedimiento especial sancionador de órgano central resuelto por la SRE el 29 de diciembre de 2021.

Medio de impugnación: Si

Determinación: Revoca

Enlace al medio de impugnación: URL

Sentencia relevante: Violencia sexual, simbólica, psicológica y digital contra excandidata que fue influencer

  

Expediente: SRE-PSC-195/2021

Fecha: 2021-12-16
Sintesis: El Pleno de la SRE determinó que una excandidata a diputada federal sufrió VPMG por parte de dos personas que difundieron diversas publicaciones en Twitter, que la descalificaron por su actividad como influencer antes de ser postulada como candidata. Del análisis de los mensajes denunciados, se concluyó que contenían estereotipos relacionados con su condición de mujer, lo que implicó violencia sexual, simbólica, psicológica y digital para inhibir su presencia en asuntos públicos. Por estas razones, se les impuso una multa a Dulissa Wendoline López Núñez y Juan Miguel Tovar Paredes y se les ordenó realizar un curso en materia de VPMG, disculparse públicamente a través de un video y publicar una síntesis de la sentencia en sus cuentas de Twitter. Las personas infractoras serán inscritas por cuatro años en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de VPG del INE. El Magistrado Luis Espíndola Morales emitió un voto concurrente en el que consideró necesario apercibir a Twitter para que suspendiera temporalmente las cuentas denunciadas hasta que se resuelva de fondo el nuevo procedimiento.
Descripción:

Procedimiento especial sancionador resuelto el 16 de diciembre de 2021.

Medio de impugnación: No


Posición diferenciada: Publicaciones en Facebook violentan y atribuyen otros delitos a la denunciante fallecida

  

Expediente: SRE-PSC-189/2021

Fecha: 2021-12-02
Sintesis: Por mayoría, la SRE determinó que no se calumnió ni cometió VPMG contra la entonces candidata a una diputación federal en el Distrito 03 de Atlacomulco, Estado de México, quien falleció durante el procedimiento. La denunciante señaló a Gustavo Cárdenas, candidato del PRI al mismo cargo que ella, por difundir un video en Facebook, donde la calumniaba y la violentaba por ser mujer. La Sala resolvió que el video hace una crítica severa a las personas legisladoras que emanaron de MORENA, incluida la denunciante, pero no buscaba humillarla, degradarla o estigmatizarla por ser mujer, por lo que el contenido está amparado por la libertad de expresión del debate político. Además, a partir de que la denunciante buscaba reelegirse, este era un tema de interés general. En un voto particular, la magistrada Gabriela Villafuerte Coello consideró que la denunciante, electa por la postulación del PT, sí sufrió VPMG y calumnia, porque se desvalorizó su trabajo y aspiraciones para una reelección, porque en el video se le subordinó al grupo parlamentario de MORENA al que no perteneció, lo que implica un impacto diferenciado por ser mujer. También hubo violencia psicológica en su contra, porque buscaron hacer sentir como impostora, incapaz de asumir logros. La magistrada también consideró que en respeto al derecho a la memoria y a la verdad de la denunciante se debieron restaurar los daños que sufrió en vida y a sus personas queridas, por lo que se tuvo que solicitar a Facebook que el video ya no estuviera disponible. El magistrado Luis Espíndola Morales hizo un voto razonado en el que consideró que no debió estudiarse la calumnia, ante el fallecimiento de la entonces candidata.
Descripción:

Procedimiento especial sancionador de órgano central resuelto por la SRE el 2 de diciembre de 2021.

Medio de impugnación: No


Posición diferenciada: Obstaculización del derecho político electoral a participar por un cargo público

  

Expediente: SRE-PSC-184/2021

Fecha: 2021-11-11
Sintesis: La SRE determinó, por mayoría, que no hubo VPMG contra una persona que denunció al titular del Órgano Interno de Control de la Universidad Tecnológica de Nezahualcóyotl por amenazarla, pedirle que renunciara a su candidatura para una diputación federal suplente y obstaculizar su participación y derecho político electoral. Se resolvió que las conductas del denunciado se dieron en el desarrollo de una investigación administrativa y dicho proceder está en las facultades de las personas titulares de los órganos internos de control en el Estado de México. La magistrada Gabriela Villafuerte Coello emitió un voto particular al considerar que hubo violencia política, simbólica, psicológica y laboral contra la denunciante por ser mujer. Desde su óptica, fue intimidada para renunciar a sus aspiraciones y las imputaciones del titular del OIC fueron desproporcionadas, lo que implicó un obstáculo en la carrera política de la víctima, por lo que se debió dar vista a la Auditoría Superior de la Federación por el actuar del denunciado.
Descripción:

Procedimiento especial sancionador de órgano central resuelto por la SRE el 11 de noviembre de 2021.

Medio de impugnación: No


Posición diferenciada: Video en Facebook dañó la dignidad de candidata fallecida

  

Expediente: SRE-PSC-187/2021

Fecha: 2021-11-11
Sintesis: La SRE determinó, por mayoría, que las expresiones de un candidato a diputado federal denunciado no buscaron deslegitimar a una candidata al mismo cargo (quien falleció por Covid-19) a través de estereotipos de género que les niegan habilidades a las mujeres para la política, sino que fueron manifestaciones amparadas por la libertad de expresión en un contexto de debate público. Por esta razón, tampoco hubo calumnia en perjuicio de ella. La magistrada Gabriela Villafuerte Coello emitió un voto particular al estimar que hubo una desvalorización de la entonces candidata a diputada que tiene un impacto diferenciado. Asimismo, el contenido del video impactó en la honra, dignidad y reputación de la víctima. El video fue una campaña de desprestigio para evitar la reelección de la denunciante. Por estas razones se debió inscribir al agresor en el Registro Nacional de Personas Sancionadas por VPMG, mandarle libros para sensibilizarlo y que se disculpara públicamente.
Descripción:

Procedimiento especial sancionador de órgano central resuelto por la SRE el 11 de noviembre de 2021.               

Medio de impugnación: No