Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Turno de Expediente

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Abril 2025
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EXPEDIENTE:
SX-JE -0158 -2024
ACTOR:
MOVIMIENTO CIUDADANO
RESPONSABLE:
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
AUTO DE TURNO:

Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, seis de agosto de dos mil veinticuatro.

 

La Secretaria General de Acuerdos da cuenta a la Magistrada Presidenta con el oficio TEEC/SGA/1243-2024 y anexos, recibido el inmediato cinco, en la cuenta cumplimientos.salaxalapa@te.gob.mx, suscrito por la Secretaria General de Acuerdos habilitada del Tribunal Electoral del Estado de Campeche, por el que remite documentación relacionada a lo ordenado en la sentencia emitida por esta Sala Regional en el expediente al rubro indicado.

 

Con fundamento en los artículos 177, 178, fracciones III y XVI, así como 185, fracciones I, IV, VIII y XII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; relacionado con los numerales, 51, fracción I, 53, fracción I, y 70, fracción VIII, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, SE ACUERDA:

 

ÚNICO. Túrnese la documentación de cuenta junto con el expediente respectivo a la ponencia a cargo del Magistrado Enrique Figueroa Ávila,quien fungió como instructor y ponente en el expediente al rubro indicado, para que determine lo que en derecho proceda.

 

NOTIFÍQUESE como en Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Eva Barrientos Zepeda, Presidenta de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral, con sede en esta ciudad, ante la Secretaria General de Acuerdos, Mariana Villegas Herrera, quien autoriza y da fe. Rúbricas.

 

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con el numeral segundo del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.