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Sesión pública

15 de febrero de 2021 Sala Regional Xalapa

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xse-150220211800

TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

SALA REGIONAL CORRESPONDIENTE A LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN

ELECTORAL PLURINOMINAL

CON SEDE EN LA CIUDAD DE XALAPA, VERACRUZ.

SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS

 

Sesión no presencial deL 15 de FEBRERO DE 2021

 

 

CONFORME A LO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 99, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 192, 193, 195, 197, FRACCIÓN VIII, Y 204, FRACCIÓN I, DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN; 24 DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA ELECTORAL; RELACIONADOS CON EL NUMERAL 53, FRACCIONES I, V, VIII Y XV, DEL REGLAMENTO INTERNO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN; EL ARTÍCULO 14 DEL ACUERDO GENERAL DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN NÚMERO 9/2017; ASÍ COMO EL ACUERDO GENERAL DE DICHA SALA SUPERIOR DE NÚMERO 8/2020, POR EL QUE SE REANUDA LA RESOLUCIÓN DE TODOS LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN; Y EL ACUERDO EMITIDO POR ESTA SALA REGIONAL EL 14 DE OCTUBRE DE 2020, EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO GENERAL DE LA SALA SUPERIOR INDICADO; SE HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO QUE, DADO QUE SE CONSIDERAN URGENTES, AL ESTAR RELACIONADOS CON EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2020-2021 QUE SE CELEBRA EN EL ESTADO DE YUCATÁN, CON EL OBJETO DE RESOLVER LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN QUE MOTIVARON LA INTEGRACIÓN DE LOS EXPEDIENTES QUE A CONTINUACIÓN SE PRECISAN, ESTA SALA REGIONAL CELEBRARÁ SESIÓN NO PRESENCIAL EL DÍA DE LA FECHA, A LAS 18:00 HORAS:

 

 

NO.

EXPEDIENTE

ACTOR

RESPONSABLE O DEMANDADA

1)     

SX-JRC-8/2021

FUERZA POR MÉXICO

TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE YUCATÁN

2)     

SX-JRC-9/2021

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE YUCATÁN

3)     

SX-JRC-10/2021

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE YUCATÁN

 

 

XALAPA, VERACRUZ, A 15 DE FEBRERO DE 2021.

 

MAGISTRADO PRESIDENTE

 

 

 ENRIQUE FIGUEROA ÁVILA