Conforme a los artículos 99, párrafo segundo, de la
Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 185, 193, 195,
197, fracción VIII y 204 de la
Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación, 7 y 24
de la Ley
General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral,
en relación con el numeral 53, fracciones I, V y XV, del
Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación, así como el Acuerdo General de la Sala
Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Número 2/2020, por el que se autoriza la resolución no presencial de
los medios de impugnación, con motivo de la pandemia originada por
el virus COVID-19, se hace de conocimiento
público que, dada su urgencia, con el objeto de resolver los medios
de impugnación que motivaron la integración de los expedientes que a
continuación se precisan, esta Sala Regional correspondiente a la
Primera Circunscripción Plurinominal con sede en Guadalajara,
Jalisco, celebrará sesión no presencial el próximo 09 de abril a
las 14:00 horas.