CONFIRMA SALA REGIONAL DISTRITO FEDERAL ELECCION EN BENITO JUAREZ
20/septiembre/2012 / Sala Regional Ciudad de México 45/2012
México D:F:
- Por unanimidad de votos, los Magistrados Regionales se resuelven dos quejas del PRD en contra del proceso electoral llevado a cabo en la delegación Benito Juárez
La Sala Regional Distrito Federal (SRDF) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvió por unanimidad de votos durante la sesión realizada en la tarde de hoy los dos últimos recursos de impugnación interpuestos por el Partido de la Revolución Democrática, en contra de los resultados que la pasada jornada electoral arrojó en la delegación Benito Juárez de esta capital.
En el primer asunto resuelto el día de hoy, el Juicio de Revisión Constitucional Electoral 106 de este año, la totalidad del pleno de la SRDF votó en favor de confirmar la sentencia del pasado 2 de agosto emitida por el Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) en la que se desechaba las demandas interpuestas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en el caso de la elección delegacional mencionada.
Los colegiados expusieron que su decisión fue motivada, en contra de lo aducido por el PRD, en que el TEDF actuó correctamente al desechar la demanda interpuesta ante ese órgano jurisdiccional local de forma extemporánea, dado que el plazo para presentarla había transcurrido a partir del cómputo distrital y no del delegacional, a partir del cual fue presentada.
Al hacer uso de la palabra, el Magistrado Angel Zarazúa Martínez, destacó que en cada uno de los asuntos que se han resuelto por la Sala Regional a cargo de la IV Circunscripción Plurinominal, ha tenido cuidado en realizar todas las audiencias necesarias para que todas las partes sean escuchadas de forma oportuna y sin límite de tiempos o número de audiencias, tanto en estos como en todos los asuntos referentes al proceso electoral 2012, tanto federal como en las diferentes entidades de la IV Circunscripción.
Por su parte, Roberto Martínez Espinosa, Magistrado Presidente de la SRDF, explicó que la ley electoral que rige los procesos comiciales en la capital del país permite establecer de forma clara los momentos en que cada una de sus etapas y actos pueden y deben ser impugnadas, por lo cual el partido actor no tiene ningún fundamento real al aducir que no sabían si podían o no impugnar el cómputo distrital, a pesar de quedar expresado de manera clara en el artículo 78 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal.
Con respecto al segundo asunto resuelto el día de hoy, el JRC118/2012, los miembros del pleno de esta Sala determinaron por unanimidad de votos el desechamiento de pleno de la demanda presentada por el PRD, la cual pretendía la revocación de la nulidad de la votación recibida en quince casillas del distrito local XVII del Distrito Federal, así como mantener el cómputo distrital de Jefe Delegacional en Benito Juárez, respecto de los resultados arrojados el cinco de julio del presente año.
Durante la sesión se explicó que, aunque se cumpliera a cabalidad con las pretensiones del instituto político impugnante, no se alteraría el resultado de la elección, ya que el Partido Acción Nacional, quien originalmente obtuvo el triunfo en le elección continuaría ocupando el primer lugar, mientras que la coalición actora conservaría la segunda posición por lo cual no sería determinante en el resultado de la elección delegacional.
El desechamiento se fundamenta en que la pretensión del partido actor no cumple el requisito previsto en el artículo 99 fracción cuarta de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 86 párrafo primero, inciso c) de la Ley General del Sistema de Medos de Impugnación en Materia Electoral, puesto que no existiría diferencia en el resultado final de la elección.
En la sesión pública realizada el día de hoy, la Sala Regional Distrito Federal resolvió un total de dos Juicios de Revisión Constitucional Electoral.
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