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EL MUNICIPIO TIENE QUE SER LA BASE JURÍDICA FUNDAMENTAL DEL FEDERALISMO MEXICANO: MAGISTRADO MANUEL GONZÁLEZ OROPEZA

3 /abril /2009 / Sala Superior 29/2009

Aguascalientes, Ags.

El Federalismo Mexicano debe perfeccionarse para permitir un verdadero diálogo entre los distintos niveles de gobierno, señaló el magistrado Manuel González Oropeza, integrante de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al impartir la conferencia magistral sobre Federalismo Mexicano en la Universidad Autónoma de Aguascalientes.

A juicio del magistrado, el federalismo debe ser un diálogo permanente entre los tres órdenes de gobierno, para actualizar sus normas y facultades.

En ese sentido, hace falta que los municipios tengan facultad para legislar en distintas materias, más allá de los reglamentos que actualmente generan, pues hasta la fecha sólo el Congreso de la Unión y las legislaturas locales tiene esa prerrogativa. En ese sentido, afirmó que en nuestro país no se ha logrado hacer del municipio una instancia con poderes reales de gobierno.

Al hacer un recorrido por la historia de la independencia mexicana y la creación de las constituciones de los siglos XIX y XX, el magistrado consideró necesario definir claramente las competencias y facultades de cada nivel gubernamental para legislar sobre temas específicos.

Nuestra Constitución debe señalar más puntualmente –señaló-, los principios y derechos generales sobre los cuales las entidades federativas pudieran crear sus propias leyes.

Durante su exposición, el magistrado cuestionó el sentido de los esfuerzos por perfeccionar el sistema democrático en nuestro país en cada estado, si al final es el nivel federal de gobierno quien dicta las normas para todos a través de las cámaras legislativas.

Por ello, consideró pertinente que el Congreso de la Unión delegue parte de sus atribuciones en las legislaturas estatales, y éstas en los gobiernos municipales.

Para finalizar, aseguró que, en su concepto, las constituciones estatales no deben entenderse como leyes reglamentarias de la Constitución federal mexicana, sino como la expresión plena de la soberanía de los habitantes de cada entidad. Por esto, es pertinente que cada estado se ocupe de establecer controles constitucionales al interior de sus límites territoriales, a partir de su norma fundamental.