EL TRIBUNAL EMITE SUS SENTENCIAS SIN PRESIONES: ALANIS FIGUEROA
7 /octubre /2011 / Sala Superior 101/2011
México, D. F., a
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emite sus sentencias sin ningún tipo de presión, enfatizó la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa, al finalizar el IV Seminario Internacional del Observatorio Judicial Electoral.
La magistrada moderó la última sesión de este encuentro de 2 días, con el tema “Neutralidad y Pluralismo de los Medios en las Campañas Electorales”, y para clausurar los trabajos del mismo señaló que el TEPJF ha emitido sentencias que involucran sanciones a medios de comunicación, así como a actores políticos y que todas las han emitido sin presiones.
Agregó que el modelo constitucional de comunicación política mexicano es complejo, pues regula tanto las libertades fundamentales de los individuos en materia de libertad de expresión, y limita el acceso a medios electrónicos con fines políticos–electorales, para garantizar la equidad de la competencia durante los comicios.
En la última sesión del Seminario, el análisis se centró en las resoluciones del TEPJF sobre las entrevistas otorgadas a canales de televisión por Demetrio Sodi de la Tijera durante un partido de futbol, y Ana Gabriela Guevara en el canal de deportes ESPN, en el marco de sus campañas a la jefatura delegacional en Miguel Hidalgo en 2009.
Participaron Óscar Pérez de la Fuente, profesor de la Universidad Carlos III de Madrid; Issa Luna Pla, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM; y Artemi Rallo, profesor de la Universidad Jaume I.
Los ponentes coincidieron en la excesiva regulación mexicana para difundir propaganda electoral en medios electrónicos de comunicación, tanto públicos como privados, y los escasos lineamientos respecto al ejercicio informativo de los periodistas de la actividad política.
Señalaron que a pesar de las reglas establecidas, y en referencia a los casos analizados, la prohibición constitucional de adquirir tiempos en radio y televisión puede ser transgredida, si una información se difunde bajo algún género periodístico y no se logra demostrar que hubo una contraprestación para ello.
TEPJF avanza en justicia electoral de género
En la sesión “La Cláusula de Género: Cargos Públicos” participaron Eleonora Ceccherini, investigadora de la Universidad de Génova; Rosario García Mahamut, profesora de la Universidad Jaume I; y Amaya Úbeda de Torres, investigadora de la Comisión de Venecia.
Se analizó de manera particular el tema de las llamadas Juanitas, caso en que mujeres elegidas diputadas renunciaron al cargo –el primer día de la legislatura- para ceder su lugar al suplente hombre, como práctica generalizada de los partidos políticos; así como la alternancia y rotación de géneros en la titularidad e integración de los órganos electorales locales.
Respecto del primero señalaron que las legisladoras incurrieron en un fraude a la ley en detrimento de sus propios derechos; sobre el segundo, difirieron respecto de la forma de interpretar la ley en casos específicos para garantizar la alternancia y rotación de géneros, y coincidieron en que el TEPJF desempeña un papel relevante de impartición de justicia con esta perspectiva, y se pronunciaron porque los partidos políticos fueran más enfáticos en el respeto a la paridad.
Residencia no debe obstruir el voto
En la sesión “Cuestiones Sobre Ciudadanía: Nacionalidad y Residencia”, participaron Juan Antonio Cruz Parcero, investigador del Instituto de Investigaciones Filosóficas de la UNAM; Marco Olivetti, profesor de la Universidad de Foggia y Néstor Pedro Sagüés, profesor de la Universidad de Buenos Aires.
Los analistas señalaron que el marco legal mexicano establece diferencias entre tener una nacionalidad y residir en un país; aseguraron que existe un exceso de formalismo en la interpretación y aplicación de estas reglas, lo que dificulta el cumplimiento de los derechos políticos de los ciudadanos.
Fueron más allá al señalar que las autoridades electorales debieran poner énfasis en facilitar la práctica y participación ciudadana al aclarar aspectos de la distritación electoral, para que los habitantes de determinadas zonas ejerzan sus prerrogativas.
En esta mesa abundaron sobre las diferencias entre países respecto al reconocimiento del derecho a votar y ser votado; en casos como Italia estas prerrogativas están reservadas a los nacionales, y muy restringidos para los migrantes aun teniendo residencia en esa nación. En casos como España existe mayor apertura para quienes teniendo su domicilio y vida cotidiana en un territorio, aún sin ser españoles tienen la posibilidad de votar bajo ciertas condiciones.
Sobre el tema, México ha establecido diferentes esfuerzos para que los mexicanos residentes en el extranjero pueden ejercer estos derechos; sin embargo, en 2006 sólo pudo sufragar el 0.3% de los connacionales fuera del país, de un universo de 10 millones, sostuvo el magistrado Pedro Esteban Penagos, integrante de la Sala Superior del TEPJF, quien moderó la sesión “Cuestiones Sobre Ciudadanía. El Caso Comparado”.
En esta mesa participaron Luis Galvez Muñoz, profesor de la Universidad de Murcia; Szymon Janczarek, Juez Segundo del Ministerio de Justicia del Departamento de Derechos Humanos de Polonia; y Tania Groppi, profesora de la Universidad de Siena.
A través de 9 sesiones de trabajo desarrolladas durante dos días del seminario, 27 analistas, académicos, juristas y jueces electorales de Argentina, Colombia, España, Italia, Panamá, Perú, Polonia y México, discutieron sobre 36 sentencias del Tribunal Electoral.