CONFIRMA SALA MONTERREY LA DECLARACIÓN DE VALIDEZ Y EL OTORGAMIENTO DE LAS CONSTANCIAS RESPECTIVAS EN DISTRITOS IMPUGNADOS DENTRO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN.
2 /agosto /2012 / Sala Regional Monterrey 44/2012
Monterrey, Nuevo León
La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver 14 juicios de inconformidad, confirmó la declaración de validez de la elección y la expedición de las constancias respectivas en el distrito 10 de Nuevo León; 03 y 12 de Guanajuato; 02 y 04 de Zacatecas así como de senadores en la última entidad federativa en cita.
Por unanimidad, los Magistrados señalaron que en los medios impugantivos en cuestión, pertenecientes a los distritos 10 de Nuevo León, 6 de Tamaulipas y 12 de Guanajuato, se encontraron fundados algunos de los motivos de disenso de los actores en los que pedían la nulidad de votación en ciertas casillas, lo que llevó a una recomposición del cómputo distrital, esto no resultó en una diferencia determinante, ya que no hay cambio en las posiciones que ocuparon el primero y segundo lugar, de ahí la confirmación de los comicios en cuestión.
Asimismo, el Pleno determinó en el resto de los juicios de inconformidad que las alegaciones esgrimidas por los enjuiciantes tendientes a que la Sala Regional determinara la nulidad de votación en casillas o nulidad de la elección, devienen en algunos casos como inoperante o infundados, por lo cual se confirmaron los resultados consignados en las actas de cómputo en los distritos 03 de Guanajuato; 04 y 02 de Zacatecas para diputados y de igual manera en la última entidad federativa en cita para senadores.
En otro asunto, la Sala desechó de plano el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovido por Alan David Capetillo Salas, en el que combatía la declaración de validez de la elección de diputados por el principio de mayoría relativa y el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez en el Estado de Aguascalientes, en razón de que se actualiza la causal de improcedencia relativa a la falta de interés jurídico al no ser el actor un ente legitimado para plantear tal controversia.
En la sesión pública de este jueves, la Sala Monterrey resolvió un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 14 juicios de inconformidad.