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TEPJF CONFIRMA ASIGNACIÓN DE DIPUTACIONES LOCALES EN BCS

14/marzo /2011 / Sala Superior 20/2011

México D.F., a

  • El Colmex y el TEPJF analizarán durante dos días los alcances de la reforma electoral de cara a los próximos comicios

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia de la Sala Guadalajara de este organismo jurisdiccional, mediante la cual modificó la asignación de diputados por el principio de representación proporcional llevado a cabo por el Consejo General del Instituto Electoral de Baja California Sur, correspondientes al proceso electoral de esa entidad de 2010-2011.

Lo anterior, tras de declarar, por mayoría de cinco votos contra dos, fundados los agravios presentados por la coalición “Unidos por Baja California Sur” (PRI, PVEM), en el sentido de que por ley le correspondía una diputación plurinominal retirada por Sala Guadalajara.

Dicha Sala Regional del TEPJF consideró que el Instituto Electoral de Baja California Sur (IEBCS) asignó indebidamente la diputación plurinominal a la coalición “Unidos por Baja California Sur”, con base en el marco constitucional y legal local correspondiente a la asignación de escaños por el principio de representación proporcional.

De acuerdo al marco legal sudcaliforniano, las diputaciones plurinominales se asignan: Primero: a los partidos que no ganaron ninguna de mayoría; en este caso Panal y Convergencia; y Segundo: a los partidos que obtuvieron entre 1 y 5 diputados de mayoría, en este caso, “Unidos por Baja California Sur”. Y no asignó ninguna a La “Alianza es Contigo” (PAN y Partido Renovación Sudcaliforniana).

Legal asignación de curules hecha por el IEBCS
María del Carmen Alanis, presidenta del TEPJF, Flavio Galván Rivera, Pedro Esteban Penagos, Salvador Nava Gomar y Alejandro Luna Ramos votaron en favor del acuerdo del IEBSC y de la asignación que éste realizó para la integración de los 21 diputados del Congreso del estado.

La conformación del Congreso de aquella entidad se confirmó de la siguiente manera:

 La “Alianza es Contigo”, integrada por los partidos PAN y Renovación Sudcaliforniana nueve diputados por el principio de mayoría relativa.
 La alianza “Unidos por Baja California Sur”, integrada por el PRI y PVEM, cuatro diputados de mayoría relativa y dos por el principio de representación proporcional.
 “Sudcalifornia para Todos”, integrada por el PRD y PT, tres diputados de mayoría relativa, y una por el principio de representación proporcional.
 Convergencia, un diputado de representación proporcional y
 Nueva Alianza, un diputado por el principio de representación proporcional.

El magistrado Manuel González Oropeza, ponente del caso, explicó que la Constitución Local no ha establecido las bases claras para la designación de las curules de Representación Proporcional en el Congreso de Baja California Sur y la resolución del IEBCS está castigando y afectando al partido que ganó el mayor número de distritos uninominales.

Agregó que la representación proporcional debe ser independiente y adicional a la de mayoría, por lo que la coalición “Alianza es contigo”, por el sólo hecho de tener más de cinco diputados de mayoría relativa, no puede excluírsele de los de representación proporcional.

A favor del proyecto, el magistrado Constancio Carrasco Daza, consideró que debe privilegiarse la votación obtenida por cada partido político o coalición, ya que es la voluntad popular, por lo que fue correcto inaplicar estos preceptos locales por ser contrarios a la Constitución.