LA SALA REGIONAL GUADALAJARA RESUELVE DIVERSOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN DE LOS ESTADOS DE CHIHUAHUA, JALISCO Y SINALOA
19/octubre /2016 / Sala Regional Guadalajara 58/2016
Guadalajara, Jalisco
Respecto del juicio de revisión constitucional 152 y su acumulado juicio ciudadano 336, ambos de 2016, relativos a la sentencia interlocutoria que negó el recuento en sede jurisdiccional en la elección municipal del Ayuntamiento de Mazatlán, la magistrada y los magistrados de la Sala Regional Guadalajara confirmaron la resolución del Tribunal Estatal Electoral de Sinaloa, al considerar que no había duplicidad de actas en las casillas señaladas, y que la falta de nombres de los candidatos independientes en las actas de recuento, no trascendió al número de votos obtenidos por cada candidato independiente, pues las cantidades fueron debidamente vaciadas en el cuaderno de trabajo.
Con relación al recurso de apelación 54 del presente año, la Sala Regional Guadalajara determinó revocar la resolución emitida por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativa a las irregularidades encontradas en la revisión del informe de ingresos y gastos durante la etapa de obtención de apoyo ciudadano de un candidato independiente a diputado local, dado que se consideró que no fue debidamente calculada su capacidad económica.
En la quincuagésima primera sesión pública de esta Sala Regional Guadalajara del TEPJF, se resolvieron 2 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 2 juicios de revisión constitucional electoral y 1 recurso de apelación.