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REVOCA SALA MONTERREY DETERMINACIÓN DEL 02 CONSEJO DISTRITAL DEL IFE EN ZACATECAS

22/mayo /2012 / Sala Regional Monterrey 22/2012

Monterrey, Nuevo León

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por una parte revocó la resolución emitida por el Consejo Local del Instituto Federal Electoral, en el Estado de Zacatecas, por lo que se refiere a la sanción impuesta a David Monreal Ávila, y confirmó la multa impuesta al Partido del Trabajo (PT), por actos anticipados de campaña.

Por lo cual, modificó la determinación del 02 Consejo Distrital del Instituto Federal Electoral en el Estado antes mencionado, para que reindividualice la cantidad de la multa impuesta a Monreal Ávila, debido a que su determinación se basó en el financiamiento anual del PT y no en las circunstancias socioeconómicas del actor.

El pleno resolvió revocar la resolución dictada por la Segunda Sala Unitaria del Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato por medio de la cual se confirmó el registro de la Coalición electoral conformada por los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, para participar en 29 municipios del Estado en mención.

A juicio de la Sala Regional, el Tribunal Electoral local indebidamente admitió y valoró documentos presentados por los Partidos en comento, a los cuales les otorgó la calidad de pruebas, siendo que en el recurso de revisión solamente debe estudiarse si lo resuelto por la autoridad administrativa electoral es acorde a la normatividad aplicable o si el acto o resolución que se reclama es ilegal.

Por lo tanto, los magistrados ordenaron a la Autoridad Electoral que emita una nueva sentencia dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo, sin tomar en consideración los documentos antes señalados, con la aclaración de que quedan subsistentes los registros de candidatos presentados por la Coalición hasta en tanto se cumpla con lo ordenado por esta Sala.

Al resolver dos juicios ciudadanos interpuestos por Cleopatra Berenice González Morín y Pamela María Hernández Padilla para controvertir, respectivamente, la negativa de registro como candidatas por los distritos locales 06 y 08 en el Estado de San Luis Potosí, el pleno determinó sobreseer en cuanto a lo alegado respecto de la solicitud de registrar a los candidatos objetados y en relación a las omisiones del Partido Revolucionario Institucional de pedir a la alianza “Compromiso por San Luis” inscribir a las hoy actoras, dado que dichas determinaciones no fueron combatidas en tiempo y ello originó que se les tenga por consentidas tácitamente.

En otro asunto, la Sala confirmó la negativa de registro como candidatos independientes a Pedro Augusto Novo Mercado y Carlos Augusto Novo Olivas por parte del 01 Consejo Distrital Electoral del Instituto Federal Electoral en el Estado de Nuevo León, quienes pretendían contender por la diputación federal correspondiente a esa demarcación territorial, puesto que dicha resolución no es inconstitucional ni violatoria de sus derechos humanos.

En la sesión pública de este lunes, la Sala Monterrey resolvió 11 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, cuatro recursos de apelación y un juicio de revisión constitucional.