REVOCA TEPJF MEDIDA CAUTELAR DE RETIRAR PROPAGANDA DE LA COALICIÓN “GUERRERO NOS UNE”
25/enero /2011 / Sala Superior 5/2011
México, D. F., a
- El Instituto Electoral de Guerrero debe determinar la legalidad de ese acto dentro del procedimiento sancionador respectivo.
En consecuencia, se ordenó a ese organismo local llevar a cabo las provisiones necesarias para restituir a dicha alianza en el pleno uso y goce de sus derechos.
El tribunal guerrerense determinó que el uso del escudo estatal viola el principio de equidad y confunde al electorado, ya que dicha insignia es patrimonio común de los guerrerenses y no puede emplearse en beneficio de una coalición.
El magistrado Flavio Galván, en el proyecto de sentencia, propuso confirmar esa determinación, con base en la posibilidad de que se afectara el principio constitucional de equidad en materia electoral.
Dicha propuesta fue a poyada por los magistrados Manuel González y Pedro Esteban Penagos, quienes coincidieron en la legalidad de la medida; agregaron que la propaganda denunciada –con el escudo estatal oficial- podía asociarse al ejercicio de gobierno y ello incidir en las preferencias de los electores.
Los magistrados Constancio Carrasco, José Alejandro Luna, Salvador Nava y María del Carmen Alanis, presidenta del Tribunal Electoral, se manifestaron en contra del proyecto, al coincidir que ninguna ley guerrerense prohíbe usar el escudo estatal en propaganda electoral.
Agregaron que en los promocionales denunciados no se advierte una intención de reservar a los autores de la propaganda, tampoco contiene expresiones denostativas ni calumniosas, como lo prohíbe la norma.
La mayoría de los magistrados subrayaron que el presente juicio se centra en analizar la legalidad de la medida cautelar, y será el Instituto Electoral de Guerrero (IEG) el que se pronuncie sobre el correcto uso del logotipo en los promocionales combatidos, al resolver el correspondiente procedimiento sancionador.