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Revoca Sala Toluca resoluciones de la CNG del PRD en elecciones internas en el Estado de México

23/enero /2009 / Sala Regional Toluca 18/2009

Toluca, Méx.,


• Valida elecciones para consejeros estatales en los distritos locales XXVll y XLI


La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, revocó lo resuelto por la Comisión Nacional de Garantías (CNG) del Partido de la Revolución Democrática (PRD), relacionado con las elecciones internas para integrar el Consejo Estatal de ese instituto político, en el Estado de México.

En el juicio presentado por Enrique Espejel Hernández, integrante de la planilla número dos para contender por el Distrito local XXVII, en contra de la determinación de la CNG del PRD de anular la elección de consejeros estatales, en dicho distrito; los Magistrados Santiago Nieto Castillo, Adriana Favela Herrera, ponente en todos los asuntos, y Carlos Morales Paulín, revocaron dicha resolución, y en consecuencia dejaron sin efecto la convocatoria para elecciones extraordinarias.

Lo anterior, debido a que se declaró elegible a la planilla número dos y por lo tanto se ratificó su triunfo, luego de que la Sala Toluca, determinó que ésta si presentó en tiempo el informe de sus gastos de campaña, como lo marca el artículo 74 del Reglamento de Elecciones y Consultas del PRD.


En otro juicio ciudadano promovido también por Enrique Espejel Hernández, en contra de la resolución de la Comisión Nacional de Garantías del PRD, en la que desechó la inconformidad del demandante, que impugnaba los resultados obtenidos en la votación de dos casillas, los magistrados de la Sala Toluca, determinaron revocar lo resuelto por el órgano intrapartidario, debido a que consideraron que este caso había sido estudiado por la resolución anterior, por lo que los magistrados, confirmaron los resultados del acta de cómputo de la elección, en la que la planilla dos resultó ganadora para renovar el Consejo Estatal del PRD en el distrito local XXVII del Estado de México y ordenaron a la CNG del PRD, realizar lo correspondiente para que las personas que tienen derecho a integrar el Consejo Estatal de ese partido político, tomen posesión de su cargo en un plazo no mayor a 5 días.


Respecto a la demanda presentada por Yeimi Tolentino Chávez, representante de la planilla número dos en contra de la declaratoria de nulidad de la elección de consejeros estatales emitida por la CNG del PRD, en el distrito local XLI del Estado de México, la Sala Regional Toluca, determinó modificar los resultados del acta de cómputo, así como revocar la nulidad de la elección decretada y ordeno a los órganos internos del PRD hagan lo necesario a fin de que las personas que tengan derecho a integrar el Consejo Estatal, tomen posesión de sus cargos en un plazo no mayor a 5 días.

Esto debido a que se concluyó que en 8 de las 21 casillas en las que el organismo intrapartidario había decretado nulidad, sí fue valida la recepción de la votación, y en las 13 restantes, sí procedió la invalidación; sin embargo esta situación no era determinante para anular las elecciones en dicho distrito.

En otros juicios promovidos por Yamilett Ángeles Pérez y Domitilo Reyes Jiménez Sánchez, también en contra de resoluciones de la CNG del PRD, relativo a la elección de consejeros del Estado de México y de Hidalgo, respectivamente, los magistrados de esta Sala resolvieron desecharlos, debido a que estos recursos se promovieron de forma extemporánea.

En esta ocasión la Sala Regional Toluca, resolvió cinco juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.