CONCEDE EL TEPJF LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES PARA RETIRAR ESPECTACULARES DEL PAN EN EL EDOMEX
19/enero /2011 / Sala Superior 3/2011
México, D. F., a
- El marco legal no autoriza utilizar emblemas gubernamentales en propaganda de partidos políticos
- Se apercibió a las autoridades locales para que en futuros asuntos actúen con la diligencia debida
Lo anterior, en tanto el Instituto Electoral mexiquense se pronuncia respecto del fondo del asunto; esto es, determinar si el contenido de la propaganda denigra a la institución gubernamental del estado.
Acción Nacional colocó diversos espectaculares con frases que señalan que el gobierno local es número uno en “contaminación”, “corrupción” e “inseguridad”, y al calce de esa propaganda se advierten las palabras “PAN Edomex”, y el símbolo y la frase institucional del gobierno de esa entidad: “Gobierno, compromiso que cumple”.
El Partido Revolucionario Institucional (PRI) solicitó al Instituto Electoral local dictar la medida cautelar de retirar los espectaculares, en tanto resuelve si esa propaganda es denigratoria del gobierno local y violatoria de los artículos 41, base tercera, apartado C de la Carta Magna, y del 12 de la Constitución estatal.
Dicho Instituto, y posteriormente el Tribunal Electoral estatal, no concedieron la medidas cautelares por considerar que las frases denunciadas son la opinión de un partido respecto del ejercicio gubernamental y que debía privilegiarse la libertad de expresión del PAN.
Tras un análisis integral de la propaganda denunciada, en el proyecto de resolución, presentado por el magistrado Constancio Carrasco, se establece que en el marco legal local o federal no existe ninguna disposición que autorice a los partidos políticos utilizar el lema ni el logotipo o emblemas institucionales o de los que corresponden a la propaganda gubernamental.
Los magistrados Flavio Galván, Manuel González, Salvador Nava, Pedro Esteban Penagos y José Alejandro Luna, presidente por ministerio de ley, apoyaron el proyecto, y enfatizaron que lo anterior es para evitar confundir a la población respecto del autor de los mensajes difundidos.
Asimismo se apercibió a las autoridades locales para que en futuros asuntos actúen con la diligencia que ello amerita.
Se confirman resoluciones de autoridades electorales
El TEPJF confirmó una sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México con la que confirmó los Lineamientos para la integración de la propuesta de Consejeros Electorales Distritales para la elección de gobernador 2011, luego de declarar infundada la queja del Partido de la Revolución Democrática.
Por otra parte, el TEPJF confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Hidalgo, con la que a su vez validó el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de dicha entidad, relativo al procedimiento administrativo sancionador electoral iniciado contra el gobernador de ese estado, por la difusión de propaganda con motivo de su Quinto Informe de Gobierno.
Los magistrados consideraron que los promocionales denunciados no constituyeron propaganda en apoyo del PRI porque no contienen elementos gráficos que la asocien con ese partido; se observa claramente que se trata del informe de labores del gobernador y se transmitieron fuera del periodo de campaña.
En otro caso, se confirmó la multa que el Consejo General del Instituto Federal Electoral impuso a José de Jesús Partida Villanueva, por la omisión de transmitir diversos promocionales de los partidos políticos y autoridades electorales durante el proceso electoral local en el estado de Chiapas, en el periodo comprendido del dos de abril al cuatro de julio de este año.
TEPJF restituye derechos de un militante
La Sala Superior del TEPJF ordenó a la Comisión de Orden del Consejo Nacional del PAN, restituir en tres días en el uso y goce de sus derechos partidistas, a José Manuel Villegas González.
Lo anterior, luego de observar que no existe en el expediente del caso algún elemento probatorio que se tomara en cuenta para considerar que dicho militante haya cometido las faltas que se le imputaron.
En sesión pública de este día, la Sala Superior resolvió dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, tres juicios de revisión constitucional electoral y dos recursos de apelación, que en total suman siete medios de impugnación. También se aprobaron cuatro tesis.