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Confirma Sala Monterrey acuerdo sobre el método de designación directa para candidatos locales del PAN en Nuevo León

9 /mayo /2012 / Sala Regional Monterrey 20/2012

Monterrey Nuevo León

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo mediante el cual el Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional decidió, como método de selección, la designación directa de candidatos diputados locales por ambos principios y ayuntamientos en el Estado de Nuevo León.

El magistrado ponente estimó como eje principal de las demandas planteadas, que la pretensión de los actores consistió en que se revocara el acuerdo impugnado, y se celebrara un procedimiento ordinario de selección de candidatos, con la correspondiente fase de precampaña, después del veinticinco de marzo de este año.

Al respecto, el magistrado argumentó que acorde a la interpretación del artículo 110 Bis 1 de la Ley Electoral de Nuevo León, cuya constitucionalidad se sostuvo en el proyecto, tal pretensión resulta jurídicamente inalcanzable, toda vez que tal precepto únicamente autoriza la celebración de precampañas durante el período comprendido entre el 15 de febrero y el 25 de marzo.

En la deliberación efectuada en la sesión pública, los magistrados coincidieron esencialmente en que de concederse la pretensión formulada, es decir, si se ordenara el desarrollo de un método ordinario de selección de candidatos, autorizándose la celebración de actos de precampaña, se vulnerarían los principios rectores del proceso electoral.

Por su parte, las magistradas Beatriz Eugenia Galindo Centeno y Georgina Reyes Escalera subrayaron que el Partido Acción Nacional actuó de manera negligente en perjuicio de sus afiliados, pues a pesar de que conocía las fechas aprobadas en el calendario electoral emitido por la Comisión Estatal Electoral de Nuevo León, no preparó oportunamente sus procesos internos.

Asimismo, dichas magistradas refirieron que aunque se encontraban de acuerdo con la conclusión a la que se arribó en los proyectos de sentencia sometidos a votación, agregarían diversas precisiones en sendos votos razonados que formularían.

Por otro lado, se resolvió un diverso juicio ciudadano presentado por Miguel Ángel García Domínguez, en contra de la invitación a los ciudadanos en general y a todos los miembros activos y adherentes del Partido Acción Nacional a participar en el proceso para la designación de candidatos a Presidente Municipal y Planilla del Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León.
En dicho mecanismo de defensa, el promovente alegó que dicho acto vulneró el principio de certeza, al no establecer detalladamente la forma en que se llevarían a cabo las entrevistas a los aspirantes, la encuesta que ahí se contempló, ni la fecha en que se designaría al candidato de mérito.

En relación a este asunto, los magistrados confirmaron la invitación atacada, al estimar que el citado Comité cuenta con la facultad discrecional de designar de manera directa a un candidato, siempre y cuando se actualicen ciertas circunstancias extraordinarias previstas en sus estatutos, para lo cual no está obligado a realizar procedimiento alguno en específico, aunado a que en la invitación aludida no se estableció que los resultados de dichas entrevistas y encuestas fueran vinculantes para el órgano decisor, mismo que incluso podía declarar desierto el procedimiento de mérito y nombrar directamente a algún ciudadano que no hubiese participado en el mismo.

En la sesión pública de este miércoles, la Sala Monterrey resolvió ocho juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.