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EL TEPJF ORDENÓ AL IFE ACORDAR CON AUTORIDADES DE ESTADOS CON ELECCIONES EN 2011 VIGENCIA DE CREDENCIAL 03

25/agosto /2010 / Sala Superior 85/2010

México, D. F., a

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Consejo General del IFE acordar con autoridades electorales de los estados con elecciones locales en 2011, las medidas necesarias para que sus ciudadanos puedan usar o no la credencial para votar con fotografía con terminación 03 en dichos comicios.

Lo anterior, tras modificar el acuerdo del CGIFE mediante el cual determinó la vigencia de las credenciales para votar con terminaciones 03 y 09.

Los magistrados determinaron que aunque el IFE puede acordar lo conducente en el ámbito de su competencia federal, no está facultado para regular cuestiones atinentes al ejercicio del voto ciudadano en las entidades federativas.

Por otro lado, los magistrados electorales confirmaron la vigencia de la credencial con terminación 09 para los comicios de 2012, de aquellos ciudadanos residentes en Estados Unidos, porque sus circunstancias les impiden materialmente realizar el cambio de las mismas.

Ordena Tribunal determinar responsabilidad de Aispuro Torres
La Sala Superior del TEPJF revocó la resolución del CGIFE que declaró infundados los procedimientos especiales sancionadores contra José Rosas Aispuro Torres, candidato a gobernador por la coalición “Durango Nos Une” (PAN, PRD, Convergencia), por expresiones realizadas durante diversas entrevistas que denigraron y calumniaron al candidato del Partido Revolucionario Institucional al referido cargo de elección popular.

En consecuencia, se le otorgó un plazo breve al CGIFE para emitir una nueva resolución en la que determine con plenitud de atribuciones la responsabilidad de los denunciados, califique la gravedad de las conductas e individualice las sanciones aplicables en los términos de la legislación electoral federal.

TEPJF confirmó reposición de procedimientos contra PRD, PT y PAN
En otro caso, el TEPJF confirmó una sentencia del Tribunal Electoral de Michoacán que revocó la sanción impuesta a los partidos de la Revolución Democrática y del Trabajo por la presunta contratación de una inserción en el periódico "La Voz de Michoacán", para favorecer a su entonces candidato a gobernador de esa entidad, Leonel Godoy Rangel. En su momento, el tribunal local ordenó al instituto electoral de esa entidad federativa reponer el procedimiento sancionador a partir de la etapa de alegatos.

Al analizar otro juicio, la Sala Superior revocó la sentencia del Tribunal Electoral de Sinaloa que, entre otras cuestiones, modificó el acuerdo emitido por el Consejo Electoral de esa entidad y amonestó públicamente al Partido Acción Nacional y a Mario López Valdez.

En consecuencia, se otorgó a dicho Tribunal un plazo de 72 horas, contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, para emitir una nueva resolución en la que individualice correctamente la sanción que conforme a derecho proceda.

Por otra parte se ordenó al Consejo General del Instituto Electoral de Hidalgo, que en 15 días hábiles a partir del día siguiente en que se notifique esta sentencia, dicte una nueva resolución a la queja interpuesta por la coalición “Hidalgo Nos Une” (PAN, PRD, Convergencia), contra el gobernador de la citada entidad federativa por presuntas violaciones a la normativa electoral, con motivo de la difusión de su quinto informe de labores.

La Sala Superior confirmó la multa que el CGIFE impuso al PRI y a Miguel Alejandro Alonso Reyes en su carácter de gobernador electo de Zacatecas, por la transmisión radiofónica de una rueda de prensa en la sede estatal de ese instituto político, relacionada con la declinación de diversos precandidatos al aludido cargo en favor del priísta.

En otro caso, el TEPJF revocó el requerimiento que el Secretario Ejecutivo del CGIFE formuló a Demos Desarrollo de Medios, S. A. de C. V., editora del diario La Jornada, relativos a la publicación de un desplegado en ese medio, con el supuesto objetivo de esclarecer los hechos que se investigan en la queja presentada por el PAN contra el gobernador de Veracruz.

En sesión pública de este día, el TEPJF resolvió 122 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano; 5 juicios de revisión constitucional electoral y 9 recursos de apelación, que en un total suman 136 medios de impugnación; asimismo se aprobaron una jurisprudencia y 4 de tesis.