LA SALA SUPERIOR DECLARÓ IMPROCEDENTE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN SOLICITADA POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN EL CASO CUAJIMALPA.
11/septiembre/2009 / Sala Superior 94/2009
México,DF;
Con fundamento en los artículos 99 párrafo 9 Constitucional; 184, 186 fracción XVI y 189 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; así como del Artículo 22 de la Ley General del sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, previa acumulación de los expedientes SUP-SFA-76/2009 al SUP-SFA-75/2009, declaró improcedente la facultad de atracción solicitada por Carlos Orvañanos Rea y el Partido Acción Nacional, por considerar que en el caso particular no se cumplieron los requisitos de importancia y trascendencia legalmente exigidos.
Por lo anterior, los expedientes mencionados se resolverán por los magistrados de la Sala Regional Distrito Federal.