TEPJF se reúne con Relatora Especial de la OEA
10/agosto /2010 / Sala Superior 82/2010
Méxioco, D.F., a
- Los magistrados de la Sala Superior refrendan su compromiso con la libertad de expresión y los derechos humanos.
En el encuentro los magistrados de la Sala Superior transmitieron a la Relatora los avances tan importantes que hay en México en la materia y los desafíos que aún se enfrentan.
“El Tribunal Electoral en materia de derechos humanos, libertad de expresión y derecho a la información, ha resuelto asuntos de enorme relevancia, en donde se vinculan los derechos fundamentales con la materia político-electoral”, aseguró María del Carmen Alanis Figueroa, magistrada presidenta del TEPJF, al encabezar dicho evento.
Avance democrático
Los magistrados Pedro Esteban Penagos, Salvador Olimpo Nava, Flavio Galván, Manuel González y José Alejandro Luna, abordaron temas sobre jurisprudencias, tesis, transparencia y sentencias relevantes en materia de libertad de expresión.
Destacaron por ejemplo: que la libertad de expresión no se viola con la prohibición a un gobernante de hacer manifestaciones a favor o en contra de un candidato, que la propaganda política y electoral no debe contener expresiones que induzcan a la violencia, que la libertad de expresión e información debe maximizarse en el contexto del debate político, que el derecho a la información en materia político-electoral para los ciudadanos es fundamental, entre otros.
Coincidieron en que anteriormente los conflictos electorales se arreglaban con negociaciones políticas y con manifestaciones en las calles, hoy los actores políticos y la ciudadanía han optado por la resolución de conflictos mediante la vía del Derecho; el 78% de los asuntos resueltos por el TEPJF han sido juicios ciudadanos para la protección de los derechos político-electorales, manifestaron.
Por su parte, la Relatora de la OEA destacó el trabajo del Tribunal en la materia y el impacto de sus resoluciones a nivel regional.
En particular las decisiones de los magistrados con relación a los artículos 6 y el 41 constitucionales, ya que en procesos electorales se tiene que garantizar la libertad de expresión, pero al mismo tiempo hay límites.