TRIBUNAL CONFIRMÓ LEGALIDAD DE LA COALICÓN “HIDALGO NOS UNE”
27/mayo /2010 / Sala Superior 59/2010
Méxco, D. F., a
- Por mayoría de cinco votos contra dos se declaró infundada la queja contra dicha alianza.
- Sala Superior confirmó la resolución del IFE sobre queja contra gobernador de Oaxaca.
México, D. F., a 27 de mayo de 2010
No. 059/2010
Así lo determinaron los magistrados al declarar, por cinco votos contra dos, infundadas las quejas del perredista Napoleón González Pérez, quien argumentó que el PRD no acató el procedimiento estatutario para la aprobación de las alianzas.
En la discusión del caso, los jueces electorales reconocieron que dicha fuerza política no respetó –al pie de la letra- el procedimiento para la aprobación de la coalición; sin embargo, por mayoría de votos, decidieron que el máximo órgano del partido, es decir, el Consejo Político Nacional la aprobó por unanimidad.
Los magistrados Flavio Galván y María del Carmen Alanis, presidenta del Tribunal, especificaron que el artículo 49 del estatuto del sol azteca establece que el Consejo Estatal respectivo debe enviar el acuerdo de coalición a la Comisión Política Nacional para su revisión, y esta instancia someterlo a la aprobación del Consejo Nacional del PRD; como no sucedió así, se manifestaron en contra del proyecto.
Galván agregó que alterar el orden de los factores estatutarios es violentar la normatividad y seguridad jurídica del propio partido. Alanis Figueroa enfatizó que no se siguió el proceso deliberativo que el PRD impuso en sus estatutos, y añadió que en su concepto es fundamental el acatamiento de las normas del propio instituto.
Por su parte, los magistrados Manuel González, José Alejandro Luna, Salvador Nava y Pedro Esteban Penagos, apoyaron el proyecto de resolución propuesto por el magistrado Constancio Carrasco quien, al razonar su voto, enfatizó que en el acuerdo de colación se manifestó la voluntad del PRD de coaligarse con otros partidos para los comicios de ese estado.
González Oropeza destacó la inconveniencia de hacer prevalecer intereses particulares de un solo militante sobre los colectivos de más de 300 integrantes del Consejo Nacional perredista. Penagos López acotó que ponderaron la trascendencia de la inobservancia de la norma partidista, misma que no modificó la determinación del órgano directivo nacional.
Luna Ramos resaltó la voluntad del perredismo para coaligarse, porque tanto los consejos estatal y nacional aprobaron el convenio, inclusive la Comisión Política Nacional que sólo debía revisarlo. Nava Gomar resaltó que a pesar de las fallas el procedimiento es válido porque al final fueron satisfechos todos los pasos.
Confirman resolución del IFE
En otro caso, la Sala Superior del TEPJF confirmó la resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral (CGIFE), con la cuál dio vista al Congreso y a la Contraloría General del Poder Ejecutivo del estado de Oaxaca, por violaciones a las normas electorales cometidas por funcionarios del gobierno de esa entidad durante el proceso electoral federal de 2009.
Inconforme con la resolución del CGIFE, el partido Convergencia solicitó a este organismo jurisdiccional se diera vista al Congreso de la Unión, con el objetivo de que el Legislativo Federal iniciara juicio político contra el gobernador de ese estado, el alcalde de Santa Cruz Xoxocotlán, el Director de Obras Públicas oaxaqueño, y otros funcionarios.
En el proyecto de resolución presentado por María del Carmen Alanis, presidenta del TEPJF, se establece que el Tribunal no tiene facultades para ello, pues en este caso compete a la soberanía del legislativo local determinar sobre las responsabilidades políticas de los funcionarios denunciados.
En sesión pública de este día, la Sala Superior resolvió dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, dos juicios de revisión constitucional electoral y dos recursos de apelación, que en total suman seis medios de impugnación.
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