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Desecha Sala Monterrey impugnaciones contra método de designación de candidatos a alcaldes y diputados locales del PAN en Nuevo León

22/marzo /2012 / Sala Regional Monterrey 11/2012

Monterrey, Nuevo León

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó los juicios promovidos por militantes del Partido Acción Nacional (PAN) que controvertían la propuesta y, en su caso, aprobación del método extraordinario de designación directa de selección de candidatos a los cargos de elección popular, por lo que respecta a la integración de los ayuntamientos de Monterrey, Santa Catarina y Guadalupe, así como de diputados locales por el principio de mayoría relativa en Nuevo León.

Los magistrados concluyeron que los medios de defensa eran improcedentes puesto que no existe el acto combatido, ya que el día 5 de marzo de 2012 el Comité Ejecutivo Nacional del PAN decidió no aprobar el método de selección antes mencionado.

En otro asunto, el pleno desechó los juicios promovidos por varios militantes del PAN para anular los acuerdos emitidos por el Comité Ejecutivo Nacional a través de los cuales se designaron candidatos a diputados federales y senadores, ambos de mayoría relativa en el Estado de Nuevo León, esto derivado de la extemporaneidad con que se presentaron los juicios, al haber transcurrido más de 4 días entre la notificación y la presentación de los mismos.

Por otra parte, al resolver el recurso interpuesto por el partido Movimiento Ciudadano, el magistrado presidente Rubén Enrique Becerra Rojasvértiz y las magistradas Beatriz Eugenia Galindo Centeno y Georgina Reyes Escalera, confirmaron la resolución del Consejo Local del Instituto Federal Electoral en Tamaulipas por la cual se confirmaron los acuerdos de los consejos distritales 3, 7 y 8, en los cuales se designó a los ciudadanos que se desempeñarán como supervisores electorales. El partido argumentaba que los ciudadanos designados tenían una imposibilidad al haber sido representantes de partidos políticos en casillas, lo cual no es un impedimento, pues la ley señala que son los militantes de partidos a quienes aplica dicha norma prohibitiva.

En la sesión pública de este viernes, la Sala Monterrey resolvió un juicio de revisión constitucional, dos recursos de apelación y 70 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.