Sala Xalapa del TEPJF confirma sanción al PRD en Tabasco
11/enero /2012 / Sala Regional Xalapa 1/2012
Xalapa, Veracruz., a
- Se resolvieron 6 juicios de protección a los derechos político-electorales del ciudadano y 2 juicios de revisión constitucional electoral.
La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las resoluciones dictadas por el Tribunal Electoral de Tabasco en las que se ratificó las sanciones impuestas por el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de dicho estado (IEPC) al Partido de la Revolución Democrática (PRD) por las distintas irregularidades detectadas en sus informes de ingresos y gastos aplicables a las precampañas y campañas electorales del año 2009.
La multa impuesta al PRD por concepto de su informe de precampañas asciende a 90 mil 445 pesos con 15 centavos, mientras que para su informe de campañas el monto correspondiente es de 123 mil 743 pesos con 45 centavos.
En tales sentencias, correspondientes a los juicios de revisión constitucional electoral 38 y 40, ambos del 2011, se consideró que los argumentos formulados por el PRD resultan inoperantes al no combatir los razonamientos que llevaron al Tribunal local a confirmar las sanciones controvertidas, porque los agravios se consideraron una reiteración de lo hecho valer ante dicha instancia.
En otro asunto, las magistradas integrantes de la Sala Xalapa del TEPJF revocaron por unanimidad la resolución dictada el por el Vocal Secretario de la 01 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Federal Electoral en el estado de Quintana Roo, en la que se declaró improcedente una solicitud de expedición de credencial para votar con fotografía a Rigoberto Mendoza Cruz, al señalarse que existía falta de certeza respecto de sus datos personales.
En esa sentencia, las magistradas consideraron que la autoridad responsable no concluyó el procedimiento establecido en los lineamientos como es el llamar al ciudadano; inclusive debió solicitar información a otras autoridades relacionadas con registros ciudadanos, por lo que se le exhortó a que en lo sucesivo agoten todos los procedimientos que sean necesarios a fin de no vulnerar el derecho de los ciudadanos a obtener su credencial para votar.
Por otra parte, el Pleno de la Sala Regional Xalapa confirmó la nulidad de la elección del agente de policía del municipio de Rancho Nuevo, Oaxaca, decretado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del mismo estado, por considerar que los órganos que emitieron las convocatorias de dicha elección carecían de competencia para hacerlo.
La Sala Xalapa del TEPJF también desechó por unanimidad las demandas presentadas por Luis Mario González Cantoral y Claudia Inés Cazarín López, respectivamente, en contra de las comunicaciones emitidas por la Secretaría General del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional (PAN), por las que se informó la determinación de su Presidente de negar la solicitud de ambos actores, para participar como precandidatos de dicho partido a diputados federales en los Distritos 03 y 01, con cabecera en Huajuapan de León y San Juan Bautista, Tuxtepec, ambos del estado de Oaxaca.
Durante la primera sesión pública del año, la magistrada presidenta de la Sala Xalapa del TEPJF, Judith Yolanda Muñoz Tagle, y las magistradas Yolli García Álvarez y Claudia Pastor Badilla, resolvieron seis juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y dos juicios de revisión constitucional.