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TRIBUNAL CONFIRMA NEGATIVA DE REGISTRO DE YUNES LANDA

24/marzo /2010 / Sala Superior 29/2010

México, D. F., a

• No cumplió con el requisito del 10% de afiliados al padrón estatal de su partido para validar su solicitud.
• Resuelve Sala Superior quejas contra procesos internos del PRD.

Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la negativa de registro de Héctor Yunes Landa como precandidato a gobernador de Veracruz por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

La Comisión Estatal de Procesos Internos del PRI en ese estado determinó, el pasado 25 de febrero, que el aspirante no cumplió con el requisito de acompañar su solicitud de registro con firmas del 10% del padrón de afiliados veracruzanos a ese partido, mismo que asciende a un millón 99 mil 41 afiliados.

Yunes Landa aseguró ser apoyado por 105 mil 317 priístas, en su concepto número suficiente para la obtención de la precandidatura, por lo que con ese argumento –entre otros agravios- combatió ante la Sala Superior la resolución del órgano electoral partidista.

Tras analizar las pruebas, los magistrados determinaron que Yunes se basó en un padrón nacional, cuando la convocatoria establecía uno estatal, además de que algunos supuestos militantes no tenían sus firmas y a otros les faltaba un apellido, entre otras irregularidades.

En consecuencia, en el proyecto de resolución se establece que el aspirante sólo comprobó ser apoyado por 1.88% del padrón priísta estatal, es decir, por 20 mil 685 personas.

En otros casos, el Tribunal Electoral confirmó las resoluciones de la Comisión Nacional de Garantías (CNG) del Partido de la Revolución Democrática (PRD); una, que declaró infundada la queja de Juan Jesús Trejo Palacios contra la convocatoria a elección de candidatos de ese partido a gobernador, diputados y alcaldes de Zacatecas. Otra, mediante la que se otorgó el registro a Arnulfo Corona Estrada como precandidato a gobernador de Tlaxcala.

Al resolver otros juicios de revisión constitucional, la Sala Superior confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Poder Judicial de Morelos, que a su vez revocó la distribución del financiamiento público correspondiente al ejercicio ordinario de 2010.

En tanto que revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Coahuila, la que a su vez revocó la distribución del financiamiento público ordinario para actividades permanentes de los partidos políticos de 2010 en esa entidad, con lo que quedó vigente el acuerdo originalmente emitido por el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de ese estado.

En sesión pública de este día la Sala Superior resolvió seis juicios para la protección de los derechos políticos del ciudadano, nueve juicios de revisión constitucional electoral y un recurso de apelación, que en total suman 16 medios de impugnación; los juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano 20 y 35, y el recurso de apelación 23, todos de este año, fueron retirados.