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LA SALA REGIONAL TOLUCA DEL TEPJF, CONFIRMA ELECCIÓN DE AUTORIDADES AUXILIARES DE CAPULA, MICHOACÁN

13/septiembre/2016 / Sala Regional Toluca 48/2016

Toluca de Lerdo, Edo., de Méx., a

 • Propone la Sala Toluca diez criterios relevantes que serán remitidos a la Sala Superior para su aprobación

En sesión pública la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió un juicio ciudadano promovido por Vicente Ayala Tavera, en contra de una sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán.

En la referida sentencia el tribunal local en Michoacán, resolvió declarar la invalidez del proceso electivo de la jefatura de tenencia de Capula, municipio de Morelia en dicha entidad federativa.

En su demanda el actor pretendía que la Sala Regional revocara dicha sentencia y que subsista la validez de la elección, así como el triunfo de la planilla café en la que el actor fue el candidato. Lo anterior en razón de que en su concepto existió preclusión respecto de las irregularidades hechas valer ante el tribunal en Michoacán, ya que se estimó que dichas inconsistencias no fueron cuestionadas oportunamente, ya que había operado la definitividad de las etapas procesales por corresponder a cuestiones vinculadas con una etapa anterior a la jornada electoral.

En el análisis del asunto de forma mayoritaria con el voto en contra de la magistrada Martha Martínez Guarneros, resolvieron que la demanda fue presentada de forma oportuna, y se dijo que el tribunal responsable debió llamarlo a juicio a efecto de que estuviera enterado de lo analizado y en consecuencia notificarle la sentencia de forma personal.

Se consideró que dadas las condiciones del caso y en razón de que la resolución impugnada era constitutiva de efectos privativos en la esfera jurídico electoral del actor, se debía potenciar y privilegiar el acceso a la justicia y el debido proceso así como una administración de justicia pronta, de conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 17 de la constitución federal.

Ya en el análisis de fondo de la controversia, consideraron fundados los agravios planteados, en razón de que la responsable realizó un indebido estudio de constitucionalidad de preceptos contendidos en el reglamento que estableció el procedimiento para la elección de autoridades auxiliares.

Asimismo se estimó que las inconsistencias analizadas por la responsable no fueron cuestionadas oportunamente, específicamente las relacionadas con el derecho a impugnar cuestiones vinculadas con el registro extemporáneo de dos planillas y las relacionadas en torno al número de boletas distribuidas y utilizadas el día de la elección.

En consecuencia determinaron revocar la sentencia impugnada y validar la elección llevada a cabo en Capula, Michoacán, así como la constancia de mayoría otorgada a la planilla café.

Otro asunto analizado en la sesión pública fue un juicio ciudadano promovido por Uriel Chávez Mendoza, ex presidente municipal de Apatzingán Michoacán, en contra de una sentencia dictada por el tribunal electoral en dicha entidad federativa que se desechó su demanda por extemporánea.
Al respecto el actor solicitó la revocación del desechamiento decretado así como el de diversas actas de cabildo por las cuales se designó en un primer momento al encargado de despacho y posteriormente al presidente municipal provisional, cuando el actor fue encarcelado por diversas cuestiones penales.

Al respecto los integrantes del pleno determinaron inoperantes los agravios planteados, ya que en esencia el actor pretende que se le restituya en su cargo como presidente municipal, pero el periodo para el que fue electo concluyó en agosto de 2015.

En consecuencia al ser los actos reclamados consumados de manera irreparable, resultó improcedente la demanda planteada.

Dentro de la sesión pública los integrantes del pleno aprobaron por unanimidad de votos diez criterios relevantes que serán remitidos a la Sala Superior del TEPJF para su publicación.

Los criterios relevantes tienen que ver con cuestiones de paridad de género, violencia política en contra de las mujeres, firma autógrafa, registro de candidaturas, principio de máxima publicidad entre otros.

En la sesión pública se resolvieron dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, un juicio electoral y se aprobó enviar 10 criterios relevantes a la Sala Superior para su aprobación.

La sesión pública puede consultarse en la página de internet www.portal.te.gob.mx y en la página www.youtube.com /Sala Regional Toluca del TEPJF.

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YouTube: Sala Regional Toluca del TEPJF


Quinta Circunscripción
Colima, Hidalgo, Estado de México y Michoacán