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CONFIRMA TRIBUNAL COALICIÓN “TODOS TAMAULIPAS” INTEGRADA POR PRI, PVEM Y PANAL

10/marzo /2010 / Sala Superior 24/2010

México, D. F. a

• PRD incumple estatutos para coaligarse.

Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la aprobación de la alianza coalición "Todos Tamaulipas" (PRI, PVEM, PANAL) y la negativa de registro de la coalición "Por la reconstrucción de Tamaulipas" (PRD-PT), las dos para contender por la gubernatura de esa entidad.

La primera, conformada por los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, que fue impugnada por separado por el PAN y el PRD con los argumentos de que no cumplieron con las etapas y requisitos estatutarios para coaligarse, y que el Tribunal Electoral Estatal no revisó a profundidad los procedimientos correspondientes.

En el proyecto de resolución del magistrado Constancio Carrasco se declararon infundados dichos agravios, porque la autoridad local procedió conforme a derecho, y porque un partido político no tiene interés jurídico para combatir la forma de organización de otro.

Por otra parte, se confirmó la negativa de registro a la coalición entre PRD y PT denominada "Por la reconstrucción de Tamaulipas", porque ésta debió ser aprobada por el Consejo Nacional del PRD, acto del que no existe constancia.

El Instituto Electoral de Tamaulipas negó el registro de esta coalición y el Tribunal Electoral Estatal confirmó esa determinación, las dos resoluciones se emitieron luego de analizar los requisitos estatutarios de cada partido para coaligarse, y determinaron que en el caso del PRD, en el artículo 49 de su estatuto se establece que el Consejo Nacional será el órgano directivo responsable de autorizar las coaliciones.

Inconforme con esa resolución, el PRD argumentó ante la Sala Superior, que sus normas estatutarias prevén que el Consejo Nacional delegue a la Comisión Política, o en su caso, a la dirigencia nacional la facultad para aprobar las coaliciones.

Del proyecto de sentencia presentado por el magistrado Flavio Galván, los integrantes del Tribunal coincidieron en que los estatutos del PRD no especifican la forma para aprobar coaliciones, excepto lo establecido en su artículo 49, en consecuencia y con base en la obligación constitucional de los jueces de respetar y privilegiar la autoorganización de los partidos políticos, se confirmó la negativa de coalición por no cumplir con el requisito exigido por sus propios estatutos.