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TRIBUNAL ELECTORAL CONFIRMA SUSPENSIÓN DE SPOT DE PANISTA EN CHIHUAHUA

17/febrero /2010 / Sala Superior 11/2010

México, Distrito Federal a

• Restituye Sala Superior a tres regidores de Uruapan, Michoacán.
• Se confirmó negativa del PRD en Tlaxcala de registrar a precandidato a gobernador.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la suspensión de la transmisión en radio y televisión del spot con la biografía de Carlos Marcelino Borruel Baquera, precandidato a gobernador del Partido Acción Nacional (PAN) en el estado de Chihuahua.

Lo anterior, luego de analizar la queja presentada por ese instituto político que denunció la falta de atribuciones de IFE respecto a procesos locales. Sin embargo, en el proyecto de resolución se establece que la Constitución otorga a dicho instituto la administración de tiempos y pautas en radio y televisión, y le confiere en exclusiva la posibilidad de ordenar la suspensión de la transmisión de promocionales en radio y televisión, como medida cautelar.

Cuando la presunta violación se presenta en medio de una elección local e involucra promocionales transmitidos por esos medios, el IFE actúa en colaboración con las autoridades estatales en la metería, como sucedió en el caso.

El Instituto Estatal Electoral chihuahuense inició un procedimiento especial sancionador al advertir que el spots referido posiblemente violaba las normas electorales de la entidad, en consecuencia notificó al Secretario Ejecutivo del IFE para que éste dictara las medidas cautelares de suspender la difusión del promocional.

En la resolución también se precisa que atendiendo a las características de la queja, el Secretario Ejecutivo del IFE registró indebidamente la queja como un procedimiento especial sancionador, pues el instituto estatal electoral de Chihuahua es el responsable de resolver si con los promocionales suspendidos se violaron las leyes electorales locales.

En consecuencia, la Sala Superior modificó los acuerdos del Secretario Ejecutivo y de la Comisión de Quejas y Denuncias del IFE, con el único efecto de que registren el caso en Cuaderno Auxiliar, y confirmó la medida cautelar de suspender la transmisión del spot.

En otro juicio, por mayoría de 5 votos la Sala Superior confirmó la determinación de la Dirección de Organización Electoral de la Dirección General del Instituto Electoral del Estado de Puebla, de dejar a Jorge Luis Benito Guerrero sin derecho a continuar en el proceso de integración de Consejos Distritales Electorales estatales, por haber fungido como representante de un partido político durante el proceso electoral de 2006.

Tribunal Electoral se pronuncia a favor de derechos políticos
La mayoría de los magistrados se pronunciaron por ordenar a la alcaldesa, al síndico y a los regidores suplentes de Uruapan, Michoacán, implementar los actos tendentes para garantizar a Moisés González Andrés, Guillermo Zamora y Libero Madrigal Sánchez el ejercicio pleno del cargo de regidores de ese municipio, pues no se les ha permitido ejercer el cargo de regidores para los cuales fueron electos.

Por unanimidad de votos, los magistrados ordenaron a la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática (PRD) admitir la queja de Juan Jesús Trejo Palacios contra la convocatoria de ese instituto para la elección de candidatos a Gobernador, diputados locales y ayuntamientos en Zacatecas.

El Tribunal Electoral restituyó sus derechos partidistas a Leopoldo Domínguez González, al revocar las resoluciones de la dirección estatal y la Comisión de Orden del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional, instancias que habían determinado la expulsión de dicho militante.

En otro caso, los magistrados confirmaron la negativa de la Comisión Nacional Electoral del PRD de registrar a Javier Flores Macías como precandidato al cargo de Gobernador de Tlaxcala.

En sesión pública de este día la Sala Superior Resolvió ocho juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, un juicio de revisión constitucional electoral y un recurso de apelación, que en total suman diez medios de impugnación, fue retirada una contradicción de criterios y aprobadas dos jurisprudencias.

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