Amonesta Sala Guadalajara al CEN del PAN.
15/septiembre/2011 / Sala Regional Guadalajara 27/2011
Guadalajara, Jalisco
- Desechó juicio ciudadano.
- Aprueba dos proyectos de jurisprudencia.
La Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) impuso una amonestación pública al Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Partido Acción Nacional (PAN) por haber incumplido su obligación de resolver en forma pronta y expedita dos juicios intrapartidistas relativos a la elección de Presidente del Comité Directivo Municipal (CDM) del referido instituto político en Ciudad Juárez, Chihuahua.
El ciudadano y militante del PAN Oscar Arturo Ayala Galindo acudió a la Sala Guadalajara con el propósito de solicitar que el CEN se pronunciara respecto a dos demandas presentadas en octubre del 2010, sobre la inelegibilidad de un candidato a presidente del CDM y que no había sido resueltas por la autoridad.
El magistrado ponente Jacinto Silva Rodríguez, encontró que dichas demandas fueron resueltas el 15 de agosto por el presidente del CEN y ratificadas el 8 de septiembre de este año. Por tanto, es claro que si la finalidad perseguida por el actor consistía en que el órgano partidario señalado como responsable resolviera su medio de impugnación, es evidente que al haber sido emitida la resolución y su respectiva ratificación, el presente juicio ha quedado sin materia, por lo que procede su desechamiento.
Desechó juicio contra CDE del PAN
Los Magistrados de la Sala Guadalajara desecharon el juicio presentado por Luis Guillermo Martinez Mora por su propio derecho y con el carácter de candidato a Presidente del Comité Directivo Estatal (CDE) del Partido Acción Nacional (PAN) en Jalisco, en contra del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) y otros, ya que a juicio de la Sala Guadalajara, se cumple con la eficacia refleja de la cosa juzgada, porque la declaración contenida en los juicios SG-JDC-786/2011 y acumulado, restituye al afectado en el derecho político-electoral que estimó violado, pues el pasado 20 agosto se realizó la sesión ordinaria de elección de miembros de CDE del PAN en Jalisco, y la referida resolución ahora constituye formalmente cosa juzgada.
Además en la propuesta del Magistrado ponente se expresa que no es jurídicamente permitido pronunciar una nueva decisión concerniente a lo que ha constituido ya objeto del fallo, ya que a quienes se señala como órganos partidistas responsables son los mismos y las pretensiones deducidas en ambos juicios se basan en la misma causa de pedir, con el objeto de obtener la misma finalidad última, esto es, la realización de la sesión relatada.
Se aprobaron Proyectos de Jurisprudencia de Sala Guadalajara
Durante la sesión se aprobaron 2 proyectos de jurisprudencia de rubros “prestaciones laborales independientes deben exigirse dentro del plazo de un año” y “reencauzamiento, el estudio de procedencia corresponde a la autoridad u órgano partidario que deba conocer del medio de impugnación”
Los Magistrados de la Sala Regional Guadalajara resolvieron dos juicios para la protección de los derechos político- electorales del ciudadano.
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