TEPJF CONFIRMA REGISTRO DE MANUEL AÑORVE BAÑOS COMO CANDIDATO A LA GUBERNATURA DE GUERRERO
16/diciembre /2010 / Sala Superior 125/2010
México, D.F., a
- Los magistrados ordenaron el retiro de propaganda de la coalición “Tiempos Mejores Para Guerrero”.
La Sala Superior del TEPJF confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Guerrero, por la cual se aprobó el registro de Manuel Añorve Baños como candidato de la coalición “Tiempos Mejores Para Guerrero” (PRI, PVEM y Panal).
Los magistrados encontraron infundados los agravios de la coalición “Guerrero Nos Une” (PRD, PT, Convergencia), que argumentaban:
•La violación al derecho de acceso a la justicia.
•La falta de acreditamiento del requisito de elegibilidad.
En otro proyecto, si bien, se revocó la sentencia emitida por la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero, se confirmó la resolución dictada por el Consejo General del Instituto Electoral Local (CGIEG) en el que se aprobaron las medidas cautelares consistentes en el retiro de propaganda electoral alusiva a Manuel Añorve Baños, candidato a gobernador por la coalición “Tiempos Mejores Para Guerrero” en la población de Xochistlahuaca.
Infundado procedimiento sancionador contra PAN
El TEPJF confirmó la resolución dictada por el Instituto Federal Electoral, que declaró infundado el procedimiento administrativo sancionador electoral, instaurado por la otrora coalición “Por el Bien de Todos” contra el PAN, por haber recibido una aportación en especie del Poder Ejecutivo Federal consistente en la utilización de tiempos oficiales en radio y televisión, para la difusión de propaganda a favor de su entonces candidato a la Presidencia de la República, durante el proceso electoral del 2006
Los magistrados mencionaron que los hechos denunciados ocurrieron en los meses de enero y febrero de 2006, de modo que la legislación vigente en ese año no contemplaba prohibiciones en materia de radio y televisión para el gobierno.
Agregaron que el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) actualmente en vigor establece que los asuntos que se encuentren en trámite serán resueltos conforme a las normas vigentes al momento de su inicio.
Improcedente condonación de deuda del Partido Socialdemócrata
En otro asunto y por unanimidad, se confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral (CGIFE) que declaró improcedente la cancelación o condonación parcial de los créditos fiscales que fueron provisionados para su pago con cargo al patrimonio del Partido Socialdemócrata (PSD).
Lo anterior, al considerar que el IFE no tiene facultades para cancelar o condonar créditos fiscales, de conformidad con lo previsto en el Código Fiscal de la Federación, ya que es una autoridad administrativa electoral.
En sesión pública de este día, la Sala Superior resolvió 3 juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano; 9 juicios de revisión constitucional electoral; 2 recursos de apelación y 2 recursos de reconsideración, que en total suman 16 medios de impugnación.