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Multa Sala Guadalajara al H. Ayuntamiento de Mocorito, Sinaloa.

12/mayo /2011 / Sala Regional Guadalajara 12/2011

Guadalajara, Jalisco.

La Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), desechó el juicio presentado por Rubén Armando Angulo Elenes, en contra de dos dictámenes, el primero emitido por las Comisiones de Gobernación (CG) y de Concertación Política (CP) del Ayuntamiento de Mocorito, Sinaloa, y el segundo por el H. Ayuntamiento antes citado, ambos relativos al proceso de votación para la elección de Síndico de la Sindicatura de Pericos, de ese municipio.

Angulo Elenes se inconformó tras la resolución emitida por las Comisiones de Gobernación y Concertación Política del H. Ayuntamiento de Mocorito, Sinaloa, y el del Pleno del Ayuntamiento referido, por considerar que tanto las bases de la convocatoria para elegir Síndico, el desarrollo y la aprobación del proceso violan los principios fundamentales de todo proceso electoral, así como los principios de legalidad y certeza jurídica.

En el estudio del recurso, el magistrado ponente Jacinto Silva Rodríguez estimó no resolver la queja por ser un hecho consumado de modo irreparable. Encontró que en el procedimiento de elección y designación de Síndico se cumplió con todos los requisitos de la convocatoria que además fue integrada con un representante de Angulo Elenes, que se siguieron todos los cauces legales y se concluyó con la toma de protesta del aspirante triunfador Hermes Angulo Sandoval.

Asimismo, señalo que el H. Ayuntamiento de Mocorito, Sinaloa, no cumplió con la orden de enviar el escrito original de demanda, aún cuando se le advirtió de multarlo, sin embargo debido al incumplimiento, propuso hacer efectiva la multa y ordenó darle aviso por segunda ocasión.

Por lo anterior, los magistrados de esta Sala resolvieron por unanimidad, no dar solución a la queja presentada por Rubén Armando Angulo Elenes y multar al Ayuntamiento con cien veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal, en un plazo de 15 días y enterar a la Tesorería de la Federación el monto de la multa impuesta y una vez realizado el pago informe a esta Sala el cumplimiento de la sanción.

En la sesión de este día, la Sala Guadalajara dictó sentencias relativas a dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.