Revoca Sala Guadalajara Acuerdos del Comite Directivo Estatal del PAN en Nayarit
22/marzo /2011 / Sala Regional Guadalajara 8/2011
Guadalajara, Jalisco, México
La Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó mediante juicios presentados por Antonio Ramos Quirarte, Norberto Rodríguez García, Francisco Doroteo Hernández Quezada, J. Santana Vergara Carrillo y Simón Márquez López, los acuerdos dictados por el Comité Directivo Estatal (CDE) del Partido Acción Nacional (PAN) en Nayarit, ante la negativa de convocar a las Asamblea Municipales en Tepic, San Pedro Lagunillas, Tuxpan, Rosamorada y Tecuala para elegir a los respectivos comités directivos municipales
La respuesta negativa del CDE del PAN tuvo como argumento que las demandas presentadas fueron extemporáneas, y que hubo falta de interés jurídico procesal, entre otras cosas; determinando no estudiar de fondo dichos juicios, violando con ello los derechos a la permanencia de las delegaciones municipales.
En los proyectos se consideraron inválidas las supuestas faltas de interés jurídico, pues el simple hecho de la presentación de las respectivas demandas ante esta Sala por parte de los nayaritas corrobora que sí hay interés; se señaló que anteriormente, ya habían presentado otros juicios en los que impugnaban la falta de contestación por parte del CDE del PAN de Nayarit a sus peticiones, sin embargo ahora se quejan de sus contestaciones negativas; además que dicha autoridad tampoco aportó ninguna prueba que pudiera mostrar la supuesta extemporaneidad de presentación de las demandas, considerando que no existió ninguna irregularidad y confirmando que efectivamente sí fueron violados los derechos de los nayaritas de votar y ser votados en la integración de los órganos directivos del partido de los ciudadanos.
Por lo anterior, los magistrados de esta Sala determinaron por unanimidad revocar los acuerdos dictados por el CDE del PAN de Nayarit, ordenándole revocar las contestaciones que dio a las solicitudes de Ramos Quirarte, Rodríguez García, Hernández Quezada, Vergara Carrillo y Márquez López, para que en 30 días naturales emita convocatorias a las Asambleas Municipales de Tepic, San Pedro Lagunillas, Tuxpan, Rosamorada y Tecuala, en las que se incluya dentro del orden del día, al menos, lo relativo a la elección de los correspondientes Comités Directivos Municipales. Concediéndole un plazo de 24 horas para que informe a esta Sala Regional sobre el cumplimiento dado a las ejecutorias y remita copias certificadas de las convocatorias emitidas.
En la sesión de este día, la Sala Guadalajara dictó sentencia de cinco juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un juicio de revisión constitucional.
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