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Legal la participación de magistrada presidenta del TEPJF en resolución de juicio del Partido Alternativa Socialdemócrata

11/junio /2008 / Sala Superior 77/2008

México, D.F

• Procede excusa de magistrado Flavio Galván en juicio sobre renovación escalonada de consejeros electorales capitalinos

En sesión privada, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró infundado el impedimento solicitado por integrantes del Partido Alternativa Socialdemócrata (PAS), para que la magistrada presidenta, María del Carmen Alanis Figueroa, se excusara hoy en la resolución del juicio relacionado con el proceso interno de elección de delegados y dirigentes de este partido político.

Rodolfo Vitela Melgar, María Elena Canedo Soria y Nancy Mejía Herrera, militantes del PAS, solicitaron que Alanis Figueroa se abstuviera de conocer y participar en la resolución del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano 377/2008, interpuesto en contra de la resolución de los órganos de ese instituto político, con motivo de la elección interna del 16 de marzo pasado.

Los quejosos argumentaron presunto conflicto de interés por parte de la magistrada presidenta, entre otros, por servicios profesionales brindados en el pasado al PAS.

Ante la falta de pruebas que dieran soporte a esa petición y considerando que el artículo 27 del Reglamento Interno del TEPJF indica que no es admisible la excusa sin causa justificada, la Sala Superior decidió declarar infundada la solicitud.

Por otro lado, la Sala Superior sí consideró procedente la solicitud de excusa presentada por el Magistrado Flavio Galván Rivera, para conocer y resolver los juicios de revisión constitucional electoral 105 y 107 de este año, interpuestos por los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Convergencia (PC), en contra del acuerdo de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, mediante el cual se expidió la convocatoria para la renovación escalonada de los consejeros del Instituto Electoral del Distrito Federal.

Galván Rivera argumentó que su hermano Gregorio Galván Rivera se registró y está participando en ese procedimiento de elección.

La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece en el artículo 146, fracción III:

“Los ministros de la Suprema Corte de Justicia , los magistrados de circuito, los jueces de distrito, los miembros del Consejo de la Judicatura Federal y los jurados están impedidos para conocer de lo asuntos, por alguna de las causas siguientes:

“I. Tener parentesco en línea recta sin limitación de grado, en la colateral por consanguinidad hasta el cuarto grado y e la colateral por afinidad hasta el segundo grado, con alguno de los interesados, sus representantes, patronos o defensores;

“II. …

“III. Tener interés personal en el asunto, o tenerlo su cónyuge o sus parientes, en los grados que expresa la fracción I de este artículo;”.

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