Tribunal Electoral de Jalisco deberá resolver juicio sobre tarifas de transporte público local
21/mayo /2008 / Sala Superior 65/2008
México, D.F.
En contra de dicho decreto, César Antonio Barba Delgadillo y otros ciudadanos presentaron el 17 de marzo ante el Instituto Electoral del Estado de Jalisco (IEEJ) una solicitud de procedimiento de referéndum, con el propósito de derogarlo.
La Constitución estatal establece la posibilidad de someter a referéndum derogatorio, total o parcial, los reglamentos y decretos del gobernador del estado, cuya solicitud debe hacerse dentro de los 30 días siguientes a su publicación, posibilitando con ello la suspensión de la vigencia del mismo.
Lo anterior no se hizo, por lo que Barda Delgadillo presentó el 21 de abril ante la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos de la Secretaría General del Gobierno del Estado un juicio para la protección de los derechos políticos-electorales del ciudadano, que fue remitido al TEPJF.
El magistrado Flavio Galván Rivera presentó al pleno un proyecto de resolución en el que propuso desechar la demanda, por considerar que se trataba de un caso “notoriamente improcedente”, debido a que en su concepto no existe acto imputado a una autoridad electoral, y porque la queja carece de naturaleza electoral.
Los magistrados Manuel González Oropeza, Alejandro Luna Ramos, Pedro Esteban Penagos López, Salvador Olimpo Nava Gomar y la magistrada presidenta María del Carmen Alanis Figueroa determinaron que sí se trata de un caso de naturaleza electoral, en torno al cual no se ha observado el principio de definitividad y que, por lo mismo, debe ser resuelto en Jalisco.
Por mayoría de votos, se resolvió declarar improcedente el juicio y reencauzarlo al TEPJEJ, para que éste organismo jurisdiccional sea el que conozca la demanda y emita la resolución que en derecho corresponda.
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