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INFUNDADA QUEJA DE REYNOSO FEMAT: TEPJF

9 /noviembre /2010 / Sala Superior 112/2010

México, Distrito Federal a

• El PAN notificó en tiempo y forma el procedimiento de expulsión
• Está dentro de los plazos estatutarios

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró infundada la queja que presentó Luis Armando Reynoso Femat, actual gobernador de Aguascalientes, en contra del procedimiento de expulsión como militante del PAN, tras declarar infundado su argumento de que la Comisión de Orden del Consejo Nacional panista omitió dar entrada a su impugnación de ese procedimiento sancionador.

En la sentencia se establece que el Partido Acción Nacional (PAN) acordó el 13 de octubre pasado abrir el expediente correspondiente a dicho caso, mismo que fue notificado personalmente a Reynoso Femat el día 27 de ese mismo mes.

Por lo que el asunto está en etapa de sustanciación y análisis, según los plazos estatutarios del blanquiazul: 10 días para que los involucrados comparezcan y 40, como máximo, para que la Comisión de Orden se pronuncie al respecto.

Válidos cómputos distritales en Aguascalientes
Por otra parte, al declarar infundadas e inoperantes las quejas del PAN, la Sala Superior del TEPJF confirmó las sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Aguascalientes, mediante las cuales, por una parte modificó los resultados consignados en las actas de cómputo distritales para la elección a gobernador en ese estado correspondientes a los distritos electorales VII, XI y XVIII, y por otra confirmó los relativos al I.

Tribunal ordenó al IFE fundamentar sanciones a Tv Azteca
La Sala Superior del TEPJF ordenó al Consejo General del Instituto Federal Electoral (CGIFE), motivar y fundar debidamente las diferentes multas impuestas a Televisión Azteca, por la omisión de transmitir los promocionales de partidos políticos y autoridades electorales en Chihuahua, Durango, Puebla, Yucatán y Zacatecas, durante los comicios locales de este año en dichas entidades.

En distintas impugnaciones anteriormente presentadas por esa televisora, el TEPJF confirmó las infracciones cometidas por esa empresa, y le dio la razón en el sentido de que, al determinar las multas, el CGIFE no tomó en cuenta las coberturas de las distintas estaciones de televisión de esa concesionaria en cada estado.

Los magistrados María del Carmen Alanis, presidenta del TEPJF; Pedro Esteban Penagos y Manuel González, enfatizaron que este organismo ratificó las infracciones cometidas por TV Azteca, que el IFE no tomó en cuenta la proporcionalidad de éstas ni la cobertura de las señales televisivas a la hora de determinar las sanciones.

Por su parte, los magistrados Constancio Carrasco, José Alejandro Luna y Salvador Nava, apoyaron el proyecto en el sentido de exigirle al IFE exponga las razones que lo llevaron a imponer los montos impugnados conforme lo establece la Constitución.

Se confirmaron sanciones al PAN y registro de "Guerrero Nos Une"
La Sala Superior del TEPJF confirmó las sanciones que el CGIFE impuso al PAN por las irregularidades encontradas en la revisión de su Informe Anual de Ingresos y Egresos correspondiente al ejercicio 2009, y establecidas en el acuerdo 311 de 2010 de dicho instituto, por un monto acumulado de 2 millones 300 mil 468 pesos.

Al resolver otros juicios, el TEPJF confirmó dos sentencias de la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral de Guerrero (SSI-TEG).

Una, mediante la que a su vez la SSI-TEG confirmó una resolución del Consejo General del Instituto Electoral guerrerense (CGIEG), que declaró infundada una queja en contra de Armando Ríos Piter y el Partido de la Revolución Democrática (PRD), por presuntos actos anticipados de precampaña, para la elección de gobernador de esa entidad federativa durante el proceso electoral local 2010-2011.

Otra, que confirmó la resolución de la SSI-TEG con la cual confirmó una resolución del CGIEG, por la que aprobó el registró del convenio de la coalición "Guerrero Nos Une", conformada por los partidos políticos de la Revolución Democrática, Convergencia y del Trabajo.

En sesión pública de este día, la Sala Superior también resolvió diversos juicios de revisión constitucional relativos a los cómputos distritales para la elección de gobernador de Oaxaca, y confirmó los resultados determinados por el Tribunal Electoral oaxaqueño.

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