Confirma Sala Xalapa sentencias del Tribunal Electoral de Veracruz en elecciones municipales de Naolinco, Papantla, Chiconamel, Ixhuatlán deMadero y Martínez de la Torre
30/noviembre /2010 / Sala Regional Xalapa 43/2010
Xalapa, Ver.
La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz (TEE), relacionadas con elecciones municipales de Naolinco, Papantla, Chiconamel, Ixhuatlán de Madero y Martínez de la Torre.
En el caso del municipio de Naolinco, los agravios presentados por el Partido Acción Nacional (PAN), relativos a que los paquetes electorales fueron llevados sin causa justificada al Consejo Distrital de Misantla, que en el traslado de los mismos no fueron convocados los representantes de los partidos políticos, que algunos de los paquetes electorales no se encontraban firmados, entre otros, fueron considerados inoperantes por las Magistradas de la Sala Xalapa.
En el primero de ellos, el PAN no demostró que los paquetes fueron trasladados al Consejo Distrital de Misantla, ya que existe constancia certificada de que al momento del traslado a la sede del Tribunal local, los paquetes se encontraban en la sede del Consejo Municipal de Naolinco.
En relación a la ausencia de representantes de los partidos políticos durante el traslado de los paquetes electorales para su recuento, si bien es cierto que se trató de una irregularidad, ésta no se consideró como grave ya que durante el traslado se cumplieron las distintas medidas de seguridad destinadas a garantizar la salvaguarda y protección de los paquetes electorales, de ahí su inoperancia.
Por lo que respecta a los paquetes que no estaban firmados, también se declaró este agravio como inoperante, toda vez que asentar las firmas es sólo una posibilidad de los funcionarios y representantes ante la mesa directiva de casilla y no una obligación, por todo lo anterior, se confirmó la sentencia del TEE que dio como ganador a la fórmula postulada por la coalición “Veracruz para Adelante”.
En el caso del municipio de Papantla, el partido Convergencia argumentó que el Tribunal local no valoró adecuadamente las conversaciones telefónicas que supuestamente mantuvo el Gobernador del Estado con funcionarios y candidatos del Partido Revolucionario Institucional (PRI), mismas que acreditaban la intervención del Ejecutivo estatal en la contienda electoral.
Al respecto, el pleno de la Sala consideró inoperantes los medios probatorios ofrecidos por Convergencia por ser ilegales, toda vez que derivan de supuestas conversaciones telefónicas, sin que se acredite que éstas provengan de orden de juez o que hayan sido ofrecidas por quienes participaron en las mismas, únicas excepciones previstas en el artículo 16 Constitucional para que pruebas como éstas sean admitidas.
Asimismo, Convergencia señaló que el TEE debió anular la votación recibida en 45 casillas, al haberse acreditado las causales de nulidad contempladas en la ley electoral. Sin embargo, el pleno de la Sala determinó no darle la razón, ya que los agravios fueron considerados infundados e inoperantes.
En otros juicios, la Sala Xalapa confirmó a los ganadores de las elecciones municipales de Chiconamel, Ixhuatlán de Madero y Martínez de la Torre, toda vez que los agravios presentados por distintos partidos políticos fueron considerados inoperantes; asimismo, pese a modificar la sentencia del TEE, en los juicios presentados por PAN y Partido del Trabajo (PT) en el municipio de Ilamatlán, confirmó el triunfo de la coalición “Para cambiar Veracruz”.
Por otro lado, las Magistradas Claudia Pastor Badilla, presidente; Yolli García Alvarez y Judith Yolanda Muñoz Tagle, confirmaron la asignación de regidores por el principio de Representación Proporcional en los municipios de Orizaba, Huatusco, Minatitlán y Catemaco.
Confirma ganadores en Salina Cruz, San Juan Bautista Cuicatlán, San José Independencia y San Pedro Pochutla, Oaxaca
La Sala Xalapa confirmó a los ganadores de las elecciones municipales de Salina Cruz, San Juan Bautista Cuicatlán, San José Independencia y San Pedro Pochutla, Oaxaca.
En el juicio del ayuntamiento de Salina Cruz, el PRI argumentó que el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca no valoró los argumentos relativos a que 69 casillas se instalaron en un lugar distinto, que existió error grave o dolo en el cómputo de votos, que se recibió la votación con fecha distinta, entre otras irregularidades graves plenamente acreditadas y no reparables en la jornada electoral.
Tales agravios, fueron considerados inoperantes por las Magistradas de la Sala, toda vez que se pudo constatar que el Tribunal local sí valoró las pruebas y dio sus razones para desestimar las causales de nulidad, con excepción de dos casillas, en las cuales, concluyó, que el error o dolo fue determinante y suficiente para declarar la nulidad de la votación recibida en las mismas. De ahí la confirmación de la sentencia.
Este día, la Sala Xalapa resolvió cuatro juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 17 juicios de revisión constitucional electoral, que hicieron un total de 21 medios de impugnación.
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