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Revoca Sala Xalapa acuerdo del Congreso de Veracruz que destituía a funcionario municipal en Nogales

22/octubre /2008 / Sala Regional Xalapa 5/2008

Xalapa, Ver.

- El Tribunal Electoral exhortó a la Legislatura a conducirse con diligencia

En sesión pública, la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó el acuerdo emitido por la Sexagésima Primera Legislatura de Veracruz, que ordenaba destituir a Guillermo Hernández Conde como agente municipal de la congregación El Encinar, municipio de Nogales.

En el juicio para la protección de los derechos político-electorales presentado por Hernández Conde, se argumentó que la determinación del Congreso fue dictada con vicios procesales y omitió resolver las impugnaciones presentadas en contra de la elección de agente municipal, ya que pese a tener ocho días hábiles para resolver, fue hasta el 31 de julio cuando se aprobó el acto impugnado; para esa fecha Hernández Conde ya había tomado protesta del cargo y realizado actos en ejercicio de la función.

Del análisis del juicio, los magistrados de la Sala Xalapa concluyeron que la autoridad responsable indebidamente reconoció facultades para interponer medios de impugnación a una persona que no contaba con representación ante la Junta Municipal Electoral de Nogales y exhortaron a la citada Legislatura para que, en lo sucesivo, se conduzca con diligencia en la sustanciación y resolución de los recursos que conforme a la ley deba conocer; de no hacerlo así, se le impondrá una de las medidas de apremio previstas en el artículo 32 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral (LGSMIME), que podría ser una amonestación, una multa, entre otras.

De este modo, el agraviado deberá continuar en el cargo que ostenta desde el 1 de mayo del presente año.

El proyecto presentado por la magistrada Judith Yolanda Muñoz Tagle fue aprobado de manera unánime por la magistrada presidenta de la Sala Yolli García Alvarez y por el magistrado por ministerio de ley Víctor Manuel Rosas Leal.

Por otra parte, los magistrados de esta Sala revocaron el acuerdo número cuatro de la sesión de cabildo del ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán, Oaxaca; del pasado 22 de mayo, y ordenó la reincorporación de Irma Concepción Medina Martínez en el cargo de regidora, toda vez que el citado ayuntamiento aprobó una “licencia definitiva” como renuncia, cuando la agraviada no manifestó de manera incuestionable su voluntad de renunciar al cargo.

De este modo, el ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán deberá informar sobre el cumplimiento del resolutivo dentro de las 24 horas siguientes a que esto ocurra, anexando la documentación comprobatoria.

En la sesión pública de este miércoles, la Sala Xalapa resolvió cuatro juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.


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