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Se someterá en nuevos juicios validez de Asamblea Nacional del PAS

9 /abril /2008 / Sala Superior 43/2008

México, D.F.


• Confirma TEPJF resolutivos de asambleas estatales de este partido
• Desecha juicio del PRD en contra de reglamento de propaganda de servidores públicos


La validez de la Asamblea Nacional del 30 de marzo, en la que se renovó la dirigencia del Partido Alternativa Socialdemócrata (PAS), se resolverá en nuevos y posteriores juicios, acordó hoy en sesión pública la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

La decisión se tomó luego que, por unanimidad de votos los magistrados, se declararon infundados e inoperantes nueve juicios presentados en contra de la legalidad de las asambleas estatales del PAS celebradas en los estados de México, Morelos, Guerrero, Hidalgo, Jalisco y Nayarit, e improcedentes las ampliaciones de las demandas, solicitadas, en cinco de esos casos, para anular la asamblea arriba citada.

Con relación a este último punto, en un aspecto que sólo fue aprobado por mayoría de los magistrados, en los proyectos de resolución presentados al pleno se propuso “escindir” dichas ampliaciones, para que a estos escritos se les dé otro trámite, como nuevos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, con el argumento de que se trata de actos diferentes.

Con respecto a las quejas relacionadas con las asambleas estatales, motivadas por presuntas y diversas irregularidades, los magistrados confirmaron la validez de las mismas, debido a que quienes las presentaron solo acreditaron su calidad de afiliados y no la de “participantes” de las mismas.

En otros casos, en los que sí se acreditó esta personalidad, no se aportaron las pruebas sobe las presuntas violaciones a los procedimientos y reglas interpartidistas.

Las asambleas del PAS se celebraron en marzo pasado y días después militantes de este instituto político se inconformaron ante los órganos partidistas y, posteriormente, ante el TEPJF.

Luego de presentar los medios de impugnación correspondientes, en cinco casos se solicitó la ampliación de las demandas para reclamar la nulidad de la instalación, celebración y los acuerdos tomados por el Consejo Político Nacional y el Comité Ejecutivo Nacional en la Asamblea Nacional del 30 de marzo.


Por otro lado, la Sala Superior desechó la demanda presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra del acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), mediante el cual se aprobó el Reglamento en Materia de Propaganda Institucional y Político-Electoral de los Servidores Públicos.

La magistrada presidenta María del Carmen Alanis Figueroa expuso en el proyecto de resolución sometido a consideración del pleno, que el PRD presentó de manera extemporánea el medio de impugnación.

Los magistrados confirmaron también la legalidad de la cancelación de la Asamblea Municipal del Partido Acción Nacional (PAN), que se celebraría el 19 de marzo en Guadalajara, Jalisco.

El acto fue impugnado por José Antonio Cabello Gil, militante de ese partido, quien denunció que la cancelación y cambio de fecha de la asamblea no le fue fueron notificadas oportunamente.

En el proyecto de resolución, presentado por el magistrado Manuel González Oropeza, se establece que la notificación se hizo pública, en estrados, en tres periódicos, en la página de Internet del Consejo Estatal panista y mediante notificación en los domicilios de los consejeros.

En la sesión de este día, la Sala Superior resolvió 12 medios de impugnación, 11 de ellos, juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, y un recurso de apelación.

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