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La gobernadora de Campeche violentó los derechos políticos y electorales de diversas diputadas federales del PRI, determinó la Sala Superior

23/noviembre /2022 / Sala Superior 409/2022

Ciudad de México

 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró, por mayoría de votos, la existencia de Violencia Política de Género (VPG) atribuida a la gobernadora de Campeche, Layda Elena Sansores Sanroman, quien manifestó, en el programa “Martes del Jaguar”, la supuesta existencia de fotografías de carácter íntimo de algunas diputadas federales del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y, sostuvo que, para acceder a sus cargos, las diputadas debían enviárselas a su dirigente. Dichas declaraciones fueron retomadas y difundidas por diversos medios de comunicación.

Inconforme, una diputada federal del PRI acudió ante el Tribunal Electoral ya que estimó que las expresiones de la gobernadora excedieron la libre expresión y constituyeron VPG.

La Sala Superior, en sesión pública presencial, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña y con las ausencias justificadas de la magistrada Janine Otálora Malassis y José Luis Vargas Valdez, determinó que las manifestaciones de la gobernadora afectaron los derechos político-electorales de las diputadas federales del PRI, en un contexto de VPG, ya que afectaron el goce y ejercicio del cargo para el que fueron electas.

Por tanto, se le ordenó a la gobernadora eliminar todas las publicaciones en las que se difunda el mensaje denunciado, tanto en sus redes sociales, como en las del gobierno del estado. De igual forma, se le ordenó abstenerse de emitir comentarios referentes a las fotografías de las diputadas, así como emitir una disculpa pública en el programa “Martes del Jaguar” y en su cuenta de la red social de Twitter.

En este sentido, la Sala Superior consideró que la empresa Meta, así como sus filiales Facebook, Instagram y WhatsApp, deben asegurarse de que en México se atiendan posibles actos de VPG.

Finalmente, se le ordenó a la empresa Meta ampliar sus políticas para que se detecten, eliminen y reporten los casos de VPG. Esto, con la finalidad de denunciar o, en su caso, coadyuvar en el seguimiento de denuncias. Por tanto, una vez que se cuenten con esas políticas se deberán informar públicamente.

Al respecto, la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso se manifestó en contra del criterio y el magistrado Indalfer Infante Gonzales se apartó de una de las medidas de reparación ordenadas. Específicamente, de la emisión de una disculpa pública (SUP-JDC-613/2022).

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