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REPORTE DE SESIÓN PÚBLICA

23/octubre /2007 / Sala Superior 108/2007

México, D.F.

En sesión pública celebrada este día, los magistrados de la Sala Superior determinaron que fue incorrecta la distribución de diputados de representación proporcional realizada por el Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca. Así, ante la proximidad de la instalación y entrada en funciones del Congreso estatal, que tendrá lugar el próximo 13 de noviembre, y en plenitud de jurisdicción, el TEPJF llevó a cabo dicha asignación, quedando como sigue:

Partido o coalición Asignación de Diputados de RP (Total 17)
Coalición Por el Bien de Todos 10
 
Partido Acción Nacional 4
 
Partido Unidad Popular 1
Partido Nueva Alianza 1
PASC 1

Además, se dejó sin efectos la constancia de asignación correspondiente a la quinta diputación, expedida a favor de la fórmula integrada por Medardo Ramírez y Luisa García; en tanto que deberá asignarse una curul más a la coalición Por el Bien de Todos.

Por otro lado, tras establecer que son miembros activos del PAN quienes hayan solicitado su ingreso por escrito y sean aceptados con tal carácter, la Sala Superior del TEPJF ordenó al Comité Directivo Municipal de este partido en Jalisco, inscribir, en un plazo de 24 horas, en el Padrón Nacional de Miembros, a Liliana Lorena Aceves y 346 militantes más, como delegados numerarios para participar en la Asamblea Municipal en Guadalajara, Jalisco, a celebrarse el 4 de noviembre.

De igual forma, al revocar la determinación del CEN panista de suspender la actualización del Padrón Nacional de Miembros, se ordenó a dicho Comité, por conducto del Registro Nacional, inscribir en un plazo de 24 horas a los 347 demandantes, a quienes se les expedirá copia certificada de esta sentencia, para que, en el supuesto de que no fuera posible registrarlos oportunamente, puedan participar en la Asamblea respectiva y, de resultar electos como delegados numerarios para la XVI Asamblea Extraordinaria que se celebrará en enero de 2008, puedan participar en ella.

En tanto, al resolver diversos medios relacionados con el registro de candidatos y el desarrollo de las campañas políticas con miras a las elecciones que se celebrarán el próximo 11 de noviembre en Tamaulipas, los magistrados de la Sala Superior revocaron la resolución del Consejo Estatal Electoral (CEE) del Instituto Estatal Electoral respecto del procedimiento especializado de urgente resolución incoado por el PRI en contra del PAN por la entrevista concedida por Francisco Javier Cabeza de Vaca, candidato a presidente municipal de Reynosa, a un noticiario matutino.

En la sentencia presentada por el magistrado Manuel González Oropeza se establece que el CEE no acreditó en su resolución la difusión de la citada entrevista y que ésta se haya dirigido al electorado.

De Baja California, los magistrados confirmaron la sentencia emitida el pasado 26 de julio por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado en la que resolvió la demanda interpuesta por la coalición Alianza por Baja California en contra de la coalición Alianza para que Vivas Mejor, por acciones de los ciudadanos Jorge Hank Rhon, Víctor Hugo Navarro Gutiérrez, Jorge Mancilla Villa y Joaquín Ramírez Chacón, relacionadas con presuntos actos anticipados de campaña, al colocar algunas lonas.

En la sentencia presentada por el magistrado Manuel González Oropeza se determinó que en las lonas no se aprecia que dichos ciudadanos se presenten en su calidad de precandidatos, sino que plasman su imagen en frases alusivas a promesas de campaña y de apoyo a las personas. En el presente caso, resultaron infundados los agravios de la coalición actora, consistentes en que el tribunal electoral responsable realizó una indebida interpretación en relación con los actos anticipados de campaña.

Por último, los magistrados confirmaron las sanciones impuestas a la Alianza por Yucatán, Partido Político Estatal, y al PVEM, por irregularidades en la revisión de los informes del origen, destino, monto y aplicación de los recursos que recibieron los partidos políticos, correspondientes al ejercicio de 2006 en Yucatán y Morelos, respectivamente.

En tanto, al concederle la razón al demandante, este órgano jurisdiccional ordenó a la Primera Sala del Tribunal Electoral de Nayarit, que dentro de la esfera de su competencia y en plenitud de jurisdicción, se pronuncie de manera exhaustiva y congruente respecto de la apelación de la alianza Juntos por Nayarit, relativa con su solicitud de registro como partido político.

Cabe señalar que el día de ayer (22 de octubre) a las 23:40 se publicó un aviso en el sentido de que por acuerdo de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se difiere de la sesión pública convocada para las 17:00 horas del próximo día 23 de octubre de 2007, la resolución de los medios de impugnación que motivaron la integración de los expedientes 271/2007 y 46/2007