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La Sala Superior confirmó la validez de la elección de gubernatura de Aguascalientes y la expedición de la constancia de mayoría a favor de María Teresa Jiménez Esquivel

14/septiembre/2022 / Sala Superior 306/2022

Ciudad de México

 

El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, la resolución emitida por el Tribunal Electoral de Aguascalientes que, a su vez, confirmó la declaración de validez de la elección de la gubernatura y la expedición de la constancia de mayoría a favor de María Teresa Jiménez Esquivel, candidata de la coalición “Va por Aguascalientes”, conformada por los partidos políticos Revolucionario Institucional, Acción Nacional y de la Revolución Democrática.

Después de la jornada electoral, Morena impugnó los resultados de la elección de la gubernatura, la declaración de validez y la entrega de constancia. Al respecto, el tribunal local confirmó los actos impugnados, pues las irregularidades alegadas por Morena no fueron suficientes para afectar, de manera determinante, los principios constitucionales que rigen la elección.

Posteriormente, Morena impugnó la determinación local y alegó, esencialmente, que la candidata ganadora rebasó el tope de gastos de campaña, que existió inequidad en la contienda y que se presentaron hechos violentos antes y durante la jornada electoral que generaron violencia generalizada en el estado.

La Sala Superior, a propuesta del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, confirmó en sesión pública por videoconferencia, la determinación controvertida, según lo siguiente:

• Respecto al presunto rebase al tope de gastos de campaña, el tribunal local actuó correctamente pues consideró, con base en lo determinado por el Instituto Nacional Electoral, que la candidata electa no rebasó el tope de gastos;

• En cuanto a la inequidad en la contienda alegada bajo el argumento de que la candidata ganadora celebró eventos proselitistas en universidades privadas de manera ilegal, se compartió la conclusión de que la celebración de actos de campaña, en dichas instituciones, están permitidas, siempre que no se acrediten actos de presión o coacción en su desarrollo, situación que MORENA no acreditó;

• Sobre las irregularidades acontecidas antes y durante la jornada electoral, los hechos violentos suscitados no resultaron suficientes para demostrar que se coaccionó a una gran parte de los electores. Por lo que, no se acreditó la existencia de violencia generalizada en todo el estado (SUP-JRC-79/2022 y acumulados).
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