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REPORTE DE SESIÓN PÚBLICA

17/octubre /2007 / Sala Superior 105/2007

México, D.F.

  • Restituye TEPJF a Ricardo Monreal de sus derechos en el PRD

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) restituyó al senador Ricardo Monreal Ávila en el pleno uso y goce de sus derechos político-electorales como militante del Partido de la Revolución Democrática (PRD), al revocar la resolución de la Comisión Nacional de Garantías y Vigilancia de este instituto político, mediante la cual se ordenó la suspensión provisional de los derechos y prerrogativas partidistas del político zacatecano durante ocho meses.

La sanción fue aplicada a Monreal Ávila el pasado por 6 de septiembre de2007, luego de ser acusado en el seno de su partido por haber participado en la campaña electoral de una organización política distinta al PRD, sin la autorización de éste.

El TEPJF resolvió que el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) perredista promovió la queja correspondiente, que dio lugar al procedimiento administrativo sancionador de origen, fuera del plazo previsto en el artículo 50 del Reglamento de Garantías y Disciplina Interna del partido.

El escrito de queja fue presentado a las 17 horas con 38 minutos del 14 de agosto de 2007, es decir más de 41 horas después de fenecido el plazo.

Sin embargo, la comisión de garantías pasó por alto que la queja fue promovida en forma extemporánea y dio inicio al procedimiento administrativo sancionador.

El magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar, autor del proyecto de resolución sometido a consideración de la Sala Superior, subrayó que el CEN perredista excedió el plazo previsto en la normatividad interna para la presentación de la queja, cuestión que fue soslayada por la comisión de garantías.

Al dar su apoyo al contenido del proyecto, el magistrado Flavio Galván Rivera dijo que éste no sólo garantiza la vigencia del principio de seguridad jurídica, sino que además concuerda con el principio constitucional de justicia pronta, expedita y completa, de modo tal, que un procedimiento administrativo sancionador en donde se han tomado medidas sancionadoras precautorias o cautelares, no puede durar indefinidamente en el tiempo, haciendo nugatorios los derechos de los militantes en los partidos políticos.

El magistrado Pedro Esteban Penagos López puntualizó que en el caso del senador Monreal se aplicó un procedimiento sancionador especial, un procedimiento sancionador sumario, claramente normados en los diversos ordenamientos legales, en su caso, en los intrapartidistas.

Y puesto que se trata de un procedimiento sumario, éste tiene que desahogarse en los términos legales, y si no se hace así, esto constituye una violación de procedimiento, cuya consecuencia es que la autoridad sancionadora no pueda imponer la sanción, porque la misma derivaría de un “procedimiento viciado de ilegalidad”.

Por otra parte, con relación a los comicios celebrados el pasado 5 de agosto en Aguascalientes, el TEPJF confirmó la declaración de validez de la elección y la entrega de constancias de mayoría a los candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa en el distrito electoral XVII.

En otro orden de ideas, este órgano jurisdiccional confirmó la postulación y registro de Francisco Cuellar García como candidato a diputado local de la coalición “Alianza Siglo XXI” (PRI-PVEM) por el principio de mayoría relativa, por el I distrito electoral, con cabecera en Centro Sur, Tlaxcala, así como el acuerdo por el que no se le reconoce a Miguel Nava Xochitiotzin.su carácter de representante de dicha coalición, y el desechamiento de la queja presentada por éste.

En tanto, se ordenó a la Comisión Nacional de Garantías y Vigilancia del PRD resolver en un plazo de 24 horas la queja promovida por José Floriberto Pedro González Palma contra el Comité Nacional del Servicio Electoral y Membresía, por actos relacionados con la Convención y Consejo Electorales en los que se eligió a los candidatos a diputados por el principio de representación proporcional en Tlaxcala, y se confirmó la celebración de la Sesión Extraordinaria del Consejo Estatal del Partido del Centro Democrático de Tlaxcala.

Los magistrados ordenaron a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Federal Electoral, por conducto del vocal respectivo, expedir en un plazo de 10 y 15 días la credencial para votar con fotografía a Félix Leonides Silva Altamirano y Joel Piña Valencia, respectivamente, realice las correcciones necesarias y los incluya en el padrón electoral y la lista nominal correspondiente a su domicilio.

En tanto, al actualizarse alguna causal de improcedencia prevista en la ley, los magistrados desecharon los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano 1450, 1617, 1630, 1633, 1639, 1640 y 1643, así como el de revisión constitucional 279.

En esta misma sesión, los magistrados aprobaron por unanimidad el rubro y texto de cuatro tesis propuestas por los magistrados María del Carmen Alanis, Constancio Carrasco Daza, José Alejandro Luna Ramos y Salvador Olimpo Nava Gomar, relativas a diversos temas en materia político-electoral.