El Tribunal Electoral determinó que el gobernador de Tamaulipas incurrió en difusión indebida de propaganda gubernamental durante el proceso de revocación de mandato
31/agosto /2022 / Sala Superior 286/2022
Ciudad de México
El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad de votos, confirmó las sentencias dictadas por la Sala Regional Especializada, relacionadas con difusión indebida de propaganda gubernamental durante el proceso de revocación de mandato atribuidas a Francisco Javier García Cabeza de Vaca, en su carácter de gobernador de Tamaulipas, con motivo de una entrevista radiofónica celebrada el 9 de marzo, en el programa “Ciro por la Mañana” de Radio Fórmula y por la difusión de su sexto informe de gobierno.
La Sala Regional Especializada determinó la existencia de la difusión indebida de propaganda gubernamental en el marco del proceso de revocación de mandato. Respecto de la entrevista, dicha Sala concluyó, que se realizó durante el desarrollo del proceso de revocación de mandato y que, en ese momento, estaba prohibida toda difusión de propaganda gubernamental.
En la entrevista, el gobernador presentó numerosos logros del gobierno de Tamaulipas en áreas tales como la seguridad pública, el turismo, la inversión extranjera, la generación de empleos, así como el uso de energías limpias. Por lo que se trató de propaganda gubernamental.
Respecto del sexto informe de gobierno, la Sala Especializada consideró que el funcionario difundió las actividades de su gobierno en un evento con la apertura suficiente para que toda la ciudadanía, que así lo quisiera, asistiera de manera presencial, así como en sus redes sociales en las que estableció una liga electrónica para que también pudiera seguirse en vivo dicha transmisión.
En contra de las determinaciones de la Sala Regional Especializada, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, en su carácter de gobernador de Tamaulipas, presentó escritos de demanda en los que consideró que los dichos denunciados se encuentran amparados por la libertad de expresión e información, al haber sido vertidos de manera espontánea al tenor de una entrevista como respuestas a preguntas de entrevistadores y que su informe de labores se realizó en los términos autorizados por la ley y los criterios de esta Sala Superior.
La Sala Superior, en sesión pública por videoconferencia, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña y del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, confirmó las determinaciones controvertidas pues no se controvirtieron eficazmente las razones fundamentales que la Sala Regional Especializada tuvo en cuenta para considerar la difusión indebida de propaganda gubernamental durante el proceso de revocación de mandato por parte del gobernador del estado de Tamaulipas; además de que una prohibición constitucional por jerarquía normativa, debe imperar sobre una permisión prevista en la ley (SUP-REP-666/2022 Y SUP-REP-644/2022).
-ooOoo-