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Se aprueba el Manual de Procedimientos de la Secretaría General de Acuerdos del TEPJF

13/agosto /2022 / Sala Superior 251/2022

Ciudad de México

 

En atención al Acuerdo General 1/2022, aprobado por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, presidente de este órgano jurisdiccional, aprobó el Manual de Procedimientos de la Secretaría General de Acuerdos.

Dicho manual cumple el objetivo de concentrar, sistematizar y explicar de forma detallada, todos y cada uno de los procesos de la Secretaría General de Acuerdos (SGA), con la finalidad de transparentar el funcionamiento de dicha área, así como homologar los procesos en las secretarías generales de acuerdos de las salas regionales del TEPJF.

Lo anterior, con el fin de que la ciudadanía tenga certeza sobre las reglas de recepción de la documentación que se presenta en las oficialías de partes de las salas del TEPJF, del turno y trámite que se le da y de todas las actuaciones que realiza la SGA para dar trámite a los medios de impugnación y promociones presentadas ante la Sala Superior.

En relación con los procesos de la Oficialía de Partes, se definieron los procedimientos específicos para la recepción de la documentación por ventanilla, mensajería, correo electrónico, plataforma electrónica, juicio en línea y el Módulo de Intercomunicación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (MINTERSCJN), detallando las acciones que debe asumir el personal ante distintos escenarios.

En otras palabras, se precisaron elementos objetivos relacionados con la recepción de las demandas y de las promociones que son enviadas a la Oficialía de Partes, con la finalidad de transparentar las reglas que rigen este procedimiento y, consecuentemente, brindar certeza a las y los promoventes, así como a la ciudadanía en general.

Respecto al turno de los asuntos, se detalló la instrumentalización de las reglas de turno previstas en el Reglamento Interno del TEPJF y en los acuerdos generales 1/2022 y 2/2022, así como de los criterios para la asignación de los turnos de los medios de impugnación.

Se formalizó y dio claridad respecto de la ejecución de los procesos del trámite de las promociones que se reciben, entre ellas, las que no guardan una relación directa con la actividad jurisdiccional del TEPJF.

Un dato destacable es que se transitó a una política de “cero papel”, ya que la entrega de documentación y la comunicación entre la Oficialía de Partes y el área encargada del turno y trámite se realiza mediante cuentas de correo electrónico destinadas para esos efectos, lo que también abona a la sistematización del despecho de la información.

En cuanto a las actividades relacionadas con la organización de las sesiones públicas, se establecieron mecanismos claros de comunicación con las ponencias de la Sala Superior, respecto de la cuenta de asuntos y la firma y publicación de las sentencias.

También, se formalizaron procedimientos de control y sistematización de notificaciones realizadas por el personal de Actuaría; se definieron canales de comunicación bidireccionales y claros con las salas regionales; se establecieron los procedimientos para la debida integración de los expedientes y su archivo; y se precisaron los mecanismos a seguir para la atención de consultas de estadística jurisdiccional, realizadas por la ciudadanía y por las distintas áreas del TEPJF.

Finalmente, se detalló el actuar y los ámbitos de responsabilidades de todas las personas servidoras públicas de la SGA, lo cual permite un uso eficiente de los recursos públicos y humanos, certeza en cuanto a la delimitación de funciones, así como transparencia de las actividades que se llevan a cabo en esta área.

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