Modifica Sala Guadalajara asignación de diputados locales por RP del Estado de Durango
28/agosto /2010 / Sala Regional Guadalajara 18/2010
Guadalajara, Jalisco
• Sala Guadalajara resolvió sin rezago los asuntos de Durango
La Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), modificó la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Durango (TEPJED), que a su vez había modificado la asignación de diputados por el principio de representación proporcional (RP) de la entidad referida, en el juicio promovido por los candidatos de dicha formula, José Óscar Posada Sánchez y Jesús Iván Ramírez Maldonado, registrada en el lugar número seis de la lista de la Coalición “Durango nos une” (PAN, PRD, Convergencia) y otros juicios ciudadanos acumulados a éste.
El magistrado ponente Noé Corzo Corral, consideró revocar la negativa de estudio de fondo que había ordenado el TEPJED y decidió conocer en plenitud de jurisdicción los motivos de inconformidad del juicio inicial que habían presentado Posada Sánchez y Ramírez Maldonado, señaló que el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango (CEIEPCD), debió tomar en cuenta que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) por sí solo, alcanzó once diputaciones por el principio de mayoría relativa, y que efectivamente el triunfo obtenido por la coalición “Durango Va Primero” en la elección de diputados por mayoría relativa en el distrito VI, le corresponde al PRI, ya que en el convenio se estableció que el candidato propietario fue propuesto por éste.
De igual forma, manifiesta que ningún partido político o coalición puede alcanzar más de diecisiete diputados por ambos principios, por ello, se considera jurídicamente inadmisible declarar la cantidad normativa de la forma propuesta por los candidatos, pues el límite no está previsto en la legislación duranguense.
Asimismo, corrobora a Elia María Morelos Favela y Fortunata Hernández Rivas, candidatas del PRI como integrantes de la sexta fórmula de la lista de RP, pues el TEPJED aplicó el artículo 54 Constitucional, que establece un límite máximo de sobrerrepresentación del ocho por ciento en la asignación de diputados federales por dicho principio, indebidamente, pues no debe ser aplicado por las autoridades electorales, tanto administrativas como jurisdiccionales, a menos que esté contenido en la legislación estatal correspondiente, y en Durango la legislación local no la contempla.
Por lo anterior, se toman en cuenta las disposiciones conducentes y lo analizado, para desarrollar la fórmula de asignación de diputados de RP, en el cual el porcentaje mínimo se asigna un diputado a cada uno de los partidos contendientes, ya que todos alcanzaron el 2.5% de la votación total emitida, dando un total de seis curules. A partir de de la rectificación de los resultados por parte de la ponencia, resultaron seis escaños para el PRI y uno para la coalición “Durango nos Une”, una vez desarrollada la fórmula.
Por último, el magistrado ponente, rechaza las pretensiones de Eusebio Cepeda Solís y Ramón García Rivera, pues no alcanzarían su intensión de ser nombrados como diputados debido a que en la asignación realizada de RP al PRI, únicamente le corresponden seis escaños, mientras que los candidatos están en el lugar siete de la lista.
Finalmente, los magistrados de la Sala coincidieron y ordenaron por unanimidad modificar la resolución del TEPJED que a su vez, revocó la asignación realizada a Elia María Morelos Favela y Fortunata Hernández Rivas, candidatas del PRI, registradas en el número seis de la lista de candidatos a diputados por el principio de RP, y posteriormente, confirmar la constancia de asignación otorgada a favor de las ciudadanas mencionadas.
Confirmar la revocación de la constancia de asignación de diputados obsequiada por CEIEPCD, a Eusebio Cepeda Solís y Ramón García Rivera, candidatos del Partido Revolucionario Institucional, registrados en el lugar siete de la lista de candidatos a diputados por el principio de RP, de dicho instituto.
Confirmar la asignación de diputados por el principio RP, otorgada por el TEPJED a la fórmula de candidatos registrados en el lugar número tres de la lista de la coalición “Durango nos Une”, integrada por Sergio Duarte Sonora y Cecilio Campos Jiménez.
Revocar la asignación de diputados por el principio de RP, dada por el TEPJED a la fórmula de candidatos registrada en el número dos de la lista del Partido del Trabajo (PT), integrada por Santiago Gustavo Pedro Cortés y César Cuauhtémoc Valenciano Vázquez.
Con lo anterior, la Sala Regional resuelve en su totalidad, en tiempo y forma, los asuntos relativos a munícipes y diputados locales del Estado de Durango.
En la sesión de este día, la Sala Guadalajara resolvió por unanimidad siete juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 12 juicios de revisión constitucional.
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