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REPORTE DE SESIÓN PÚBLICA

12/septiembre/2007 / Sala Superior 79/2007

México, D.F.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al celebrar su 59 sesión pública de este año, desahogó un total de 30 medios de impugnación, relativos a 23 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y siete juicios de revisión constitucional electoral.

Respecto del juicio de revisión constitucional electoral, presentado en contra de la sentencia emitida por la Sala Uniinstancial del Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial del Estado de Zacatecas, relacionada con la impugnación de los resultados de la elección de miembros del ayuntamiento de Fresnillo, los magistrados de la Sala Superior, por una parte, sobreseyeron el juicio respecto de los partidos Verde Ecologista de México, Nueva Alianza y Alternativa Socialdemócrata y Campesina, debido a que los dos primeros fueron parte en el juicio de origen y el tercero no acreditó la personería y, en relación con el resto de los actores, confirmaron dicha resolución, quedando así firme el triunfo de la planilla de candidatos postulados por el Partido del Trabajo, encabezada por David Monreal Ávila.

De igual manera, se confirmó la resolución del Tribunal Electoral de Michoacán, relativa a la aprobación y registro del convenio de coalición para la elección de diputados locales por ambos principios, así como de la coalición parcial para la elección de ayuntamientos, denominada coalición Por un Michoacán Mejor, integrada por los partidos de la Revolución Democrática, del Trabajo y Convergencia.

Respecto de Aguascalientes, los magistrados revocaron el acuerdo dictado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado que decretó el archivo del medio de impugnación TLE/RAP/023/2007 presentado por la coalición Alianza Acción por Aguascalientes, interpuesto para combatir la sanción que le fue impuesta, por incurrir en violación a las normas del código local que regulan las campañas electorales y, en consecuencia, ordenaron reenviar el asunto a fin de que la autoridad responsable dicte su admisión y resuelva lo que en derecho proceda.

Del Estado de Chihuahua, se confirmó la sentencia emitida por el pleno del Tribunal Estatal Electoral que confirmó la declaración de validez de la elección de miembros del ayuntamiento de San Francisco de Borja, así como el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez a la planilla postulada por el Partido Acción Nacional.

Por otra parte, los magistrados confirmaron tres resoluciones dictadas el pasado 12 de julio por el Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal, referentes a la elección de integrantes del Consejo Político del PRI, en la que se desecharon varias demandas de militantes que se inconformaron con el proceso de selección, bajo el argumentó de que, si bien los demandantes son militantes del partido, no pueden pedir la anulación de una elección, puesto que sólo les es posible hacerlo a los representantes de las planillas, de acuerdo con la normativa interna de ese instituto político.

En otro asunto, los magistrados determinaron revocar la sentencia emitida por el referido Tribunal Electoral del Distrito Federal, que sobreseyó los juicios relacionados con la negativa de registro de los órganos directivos, de los representantes propietario y suplente, y de los tesoreros del Partido del Trabajo, ante el Instituto Electoral capitalino. Asimismo, ordenaron devolver los expedientes de origen a la responsable para que resuelva lo que en derecho proceda.

Asimismo, fueron resueltos diversos juicios relacionados con los procesos de selección de candidatos a diversos cargos de elección popular en los Estados de Chiapas Puebla, Sinaloa y Veracruz. Así, al resultar inoperantes los agravios expuestos por José Carlos Piña, los magistrados confirmaron el acuerdo emitido por el XXI Consejo Distrital Electoral del Consejo Estatal Electoral de Sinaloa, que aprobó el registro de solicitudes de candidatos a regidores de representación proporcional de Concordia. De igual forma, se confirmó el acuerdo relativo a la aprobación del registro de la lista de candidatos a regidores de representación proporcional, presentada por el PRD ante el Consejo Municipal Electoral de Culiacán.

De Chiapas, los magistrados confirmaron el acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral, relativo al registro de la lista de candidatos a diputados de representación proporcional postulados por la coalición Por el Bien de Todos en Chiapas, en especial la reubicación de Caleb López López en el número 14, así como diversos actos relacionados con la sustitución de la planilla de candidatos de dicha coalición en Unión de Juárez.

En relación con Puebla, se confirmó el procedimiento de selección interna del candidato del PAN a la presidencial municipal de Tlaola, en el cual resultó electo Juvenal Viveros Bobadilla.

En otros temas, relacionados con inconformidades de militantes por resoluciones de órganos de dirección de los partidos de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México y Acción Nacional, los magistrados de la Sala Superior ordenaron al Comité Directivo Municipal del PAN en Cuautitlán Izcalli, Estado de México, responder, en un plazo de tres días, la demanda presentada por Bernardo Oscar Basilio Sánchez, vinculada directamente con la estructura orgánica, financiera y política del partido.

Respecto del juicio presentado por Gerardo Cortinas Murra, se confirmó la determinación emitida por la presidenta del Comité Ejecutivo Estatal del PVEM en Chihuahua, que negó su reafiliación a dicho instituto político.

Por otro lado, los magistrados de la Sala Superior ordenaron a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Federal Electoral, por conducto de los vocales respectivos en los estados de Chihuahua, México y Michoacán, expedir la credencial para votar con fotografía a Felipe López Gutiérrez, Antonio Bernal Pedroza, y Romualdo Franco Ramírez, así como ordenar su respectiva inscripción en la lista nominal de electores, al tiempo en que se confirmó la negativa de expedición de tres credenciales.

Por último, al actualizarse alguna de las causas de nulidad, fueron desechados los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano 1123, 1144, 1147, 1190 y 1196; así como los juicios de revisión constitucional electoral 222, 223 y 231, todos de 2007.