Confirma Sala Guadalajara Cómputo de Elección en Mezquital, Durango
20/agosto /2010 / Sala Regional Guadalajara 17/2010
Guadalajara, Jalisco
La Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), modificó la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Durango (TEPJD), en cuanto al sobreseimiento decretado en 15 casillas y, confirmó el cómputo municipal de la elección del Ayuntamiento del Mezquital y la constancia de mayoría y validez a favor de la formula postulada por la Coalición “Durango va primero” (PRI, PVEM), en el juicio promovido por Norma Isela Rodríguez Contreras, representante de la Coalición “Durango nos une” (PAN, PRD, Convergencia).
Rodríguez Contreras presentó diversas quejas, en una de ellas, señaló que el TEPJD ilegalmente no entró al estudio de fondo en 15 casillas impugnadas por la causal de error o dolo en el cómputo, además de que a su parecer hubo irregularidades graves al ser los asistentes y supervisores electorales quienes entregaron los paquetes al consejo municipal y no los presidentes de las mesas directivas de casilla.
Debido a lo anterior, el magistrado ponente Noé Corzo Corral, consideró que fue incorrecto que el TEPJD no haya estudiado las 15 casillas impugnadas por la coalición “Durango nos une”, sin embargo, ello no es suficiente para invalidar las casillas , además Rodríguez Contreras desde la demanda principal no señaló el por qué había dolo o error en el cómputo de la elección en cada casilla, ni en qué mesas receptoras se entregaron los paquetes electorales por personas distintas a los presidentes de casilla y de manera extemporánea.
Condiciones climatológicas atrasan entrega
Por otro lado se desprende del acta de sesión especial de la jornada electoral del Consejo Municipal de Mezquital, que efectivamente sólo en tres casillas sí se entregaron con posterioridad al plazo señalado por la ley, pero fue debido a condiciones climatológicas, en donde no pudo aterrizar la aeronave que iba por los paquetes electorales.
Finalmente, los magistrados de la Sala coincidieron y ordenaron modificar la resolución del TEPJD en cuanto al sobreseimiento y por otro lado, confirmar lo referente al cómputo y la constancia de mayoría y validez a favor de la Coalición “Durango va primero”.
En otro Juicio, Mario Enrique Meza Díaz, representante propietario ante el VIII Consejo Distrital Electoral de Angostura, Sinaloa de la Coalición “Cambiemos Sinaloa” (PAN, PRD, PT y Convergencia), impugnó la sentencia dictada por el Tribunal Estatal Electoral de dicho Estado (TEES). Según el afectado el TEES debió anular la votación recibida en once casillas, porque se instalaron sin causa justificada, en un lugar distinto al autorizado por el Consejo Estatal Electoral.
Del estudio del proyecto del magistrado Corzo, se señala que en cinco casillas se realizó el escrutinio y cómputo en local diferente al determinado por el Consejo Estatal Electoral de Sinaloa y no la votación como lo señala Meza Díaz, por otro lado, en cuatro casillas más, no comprobó que se hayan instalado en otro lugar y en las dos casillas restantes, debió haber sustentado que hubo irregularidades graves y determinantes para el resultado de la votación.
Así mismo, ninguna de sus afirmaciones son suficientes para probar que en esos centros de votación se recibieron votos de manera anticipada o después de la fecha establecida para tal efecto, y en cuanto a la existencia de propaganda en las inmediaciones de las casillas impugnadas, no probó que esa propaganda haya sido colocada dentro de los tres días previos a la jornada electoral o durante ésta. Por lo que los tres magistrados de la Sala por unanimidad confirmaron la resolución del TEES.
En la sesión de este día, la Sala Guadalajara resolvió por unanimidad tres juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y once juicios de revisión constitucional.
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