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LA SALA REGIONAL GUADALAJARA RESUELVE DIVERSOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN DE LOS ESTADOS DE BAJA CALIFORNIA, CHIHUAHUA, DURANGO Y SINALOA.

8 /agosto /2016 / Sala Regional Guadalajara 43/2016

Guadalajara, Jalisco

• En el juicio ciudadano 251 de 2016, se ordena al ayuntamiento de Mexicali, sesione a fin de que un regidor pueda integrarse a las labores de dicho órgano colegiado.
• Dentro del juicio de revisión constitucional 104, se confirmó la resolución impugnada, al demostrarse que la demanda primigenia se presentó fuera del plazo legal establecido.
 

 En el juicio ciudadano 251 de este año, las magistradas y el magistrado de esta Sala, resolvieron ordenar al ayuntamiento de Mexicali, Baja California, que sesione y regrese al promovente al cargo de regidor que venía desempeñando, toda vez que ha transcurrido un tiempo considerable desde que presentó su escrito de conclusión de licencia temporal sin que a la fecha se haya resuelto.

En el juicio ciudadano 259 y su acumulado 267, ambos del año 2016, las magistradas y el magistrado de la Sala Regional Guadalajara, confirmaron las sentencias emitidas por el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California, toda vez que, la autoridad responsable tuvo razón al señalar que no se demostró que sólo hubieran actuado dos funcionarios en diversas casillas, además que contrario a lo expuesto por la actora, el tribunal local realizó un estudio de cada casilla impugnada por las causales aducidas en la demanda primigenia.

Con relación al juicio ciudadano 269 de 2016, los integrantes de esta Sala Regional, confirmaron la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Durango, al considerar que el agravio relativo a la inaplicación de los requisitos establecidos por la legislación electoral local para la asignación de escaños por el principio de representación proporcional, es infundado, toda vez que dicha legislación no permite el registro de un ciudadano a distintos cargos de elección popular, como lo es el presente caso, en el que un candidato al cargo de gobernador, pretende alcanzar un escaño como diputado por el principio de representación proporcional. Además, al no encontrarse contemplada tal posibilidad por el legislador local, es considerada parte de la libre configuración que le asiste, criterio que ha sostenido la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Por lo que ve al juicio ciudadano 270 de la presente anualidad, el Pleno de la Sala Regional Guadalajara resolvió confirmar la sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua al considerar que las afirmaciones del accionante resultaron ser vagas e imprecisas, además, respecto a su solicitud de agregar un alias en la boleta, se estimó infundado toda vez que quien realizó dicha solicitud ante la autoridad administrativa local, carecía de personalidad para comparecer ante dicha autoridad.

En el juicio de revisión constitucional 104 de la presente anualidad, quienes integran el Pleno de la Sala Regional Guadalajara, resolvieron confirmar la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, al considerar que fue correcto el sobreseimiento impugnado, ya que como sostuvo la autoridad responsable, el plazo para presentar la demanda primigenia comenzó a correr desde el día siguiente de efectuado el cómputo distrital y la declaración de validez de la elección, y no a partir de la conclusión de la elección de la sesión en la que se realizaron otros cómputos más, como lo sostenía el actor.

Dentro de los juicios de revisión constitucional 106 y 107, ambos del presente año, las magistradas y el magistrado integrantes de esta Sala, confirmaron las resoluciones emitidas por el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua puesto que el accionante expuso motivos de disenso que resultaron reiterativos y genéricos, dado que insistía en cuestionar las acciones y omisiones de la autoridad electoral administrativa sin controvertir de manera frontal las consideraciones dictadas por el Tribunal responsable.

En la trigésima sexta sesión pública de esta Sala Regional Guadalajara del TEPJF, se resolvieron 6 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 5 juicios de revisión constitucional.

Las resoluciones de la Sala Regional Guadalajara pueden consultarse en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx
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