LA SALA REGIONAL GUADALAJARA RESUELVE RESPECTO A DIVERSOS JUICIOS DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL CORRESPONDIENTES A LOS ESTADOS DE CHIHUAHUA Y DURANGO.
26/julio /2016 / Sala Regional Guadalajara 40/2016
Guadalajara, Jalisco
En el juicio de revisión constitucional número 76 del presente año, los integrantes de esta Sala, revocaron la resolución emitida por el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, al considerar que la causal de desechamiento no estaba plenamente acreditada, pues el Consejo Municipal correspondiente al asentar en un acta que el cómputo concluyó el 11 de junio, generó una duda sobre a partir de cuándo debía contabilizarse el plazo para impugnar.
Con relación a los juicios de revisión constitucional 77 al 82, todos de 2016, las magistradas y el magistrado de la Sala Regional Guadalajara, resolvieron confirmar las resoluciones emitidas por el Tribunal local del estado de Chihuahua, en virtud de que la autoridad responsable desechó de forma correcta los recursos promovidos por la parte actora, toda vez que los mismos fueron presentados de forma extemporánea.
Respecto del juicio de revisión constitucional identificado con clave 91 este año, la Sala Regional Guadalajara confirmó la resolución del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, al considerar a que la accionante no combatió los argumentos expuestos por la autoridad responsable en la sentencia controvertida.
Dentro del juicio de revisión constitucional 92 de este año, el pleno de esta Sala determinó confirmar la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Durango al considerar que contrario a lo afirmado por el actor, la autoridad responsable fue exhaustiva y motivó de forma adecuada la resolución impugnada, además de haberse dictado conforme a preceptos cuya validez fue reconocida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Finalmente, en el diverso juicio de revisión constitucional 99 de la presente anualidad, las magistradas y el magistrado integrantes de la Sala Regional Guadalajara, resolvieron confirmar la sentencia del Tribunal local del estado de Chihuahua, al considerar que los agravios expuestos por la parte actora eran una reproducción de los hechos valer en la primera instancia, además de resultar ser vagos, genéricos e imprecisos.
En la trigésima tercera sesión pública de esta Sala Regional Guadalajara del TEPJF, se resolvieron 12 juicios de revisión constitucional electoral.