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REPORTE DE SESIÓN PÚBLICA

4 /julio /2007 / Sala Superior 51/2007

México, D.F.

Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvieron 17 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, dos juicios de revisión constitucional y cuatro recursos de apelación promovidos contra el Instituto Federal Electoral

Entre los asuntos que se resolvieron, la Sala Superior dictó sentencia en cuatro medios de impugnación relacionados con la renovación y registro de los órganos directivos del Partido Convergencia en el Distrito Federal. A tavés de un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano Guillermo Orozco Loreto cuestionó la sentencia del 22 de mayo adoptada por el Tribunal Electoral del Distrito Federal.

Por unanimidad, la Sala Superior declaró fundado el agravio relativo a que los promoventes del juicio de origen carecían de legitimación, en razón de que comparecieron en su carácter de dirigentes partidistas y no de militantes. Lo anterior se demostró, porque los derechos aducidos en el juicio solamente estaban dirigidos a defender las facultades del Comité Directivo del Distrito Federal de emitir la convocatoria para la renovación de los órganos de Convergencia en esa entidad, y no así en la esfera jurídica individual de los promoventes. Así las cosas, se indicó que el Tribunal local partió del supuesto equivocado de que los actores acudieron por propio derecho, cuando en realidad el análisis de su pretensión y el fundamento de la causa de pedir, se advertía que exclusivamente acudieron para defender las facultades del órgano que representan y no en defensa de sus derechos político-electorales en lo individual. Por ello, fundamentalmente, se revocó la resolución impugnada y se sobreseyó.

Después de resolver este juicio, en los otros tres medios de impugnación relacionados, el TEPJF dictó sentencia en un recurso de apelación y dos juicios de revisión constitucional, también relacionados con Convergencia en el Distrito Federal, mismos que fueron desechados, al haberse resuelto el juicio antes referido.

Por lo que se refiere a sendos juicios promovidos en Chiapas, los magistrados de la Sala Superior confirmaron las encuestas efectuadas con motivo del proceso de selección interna del PRI, a efecto de elegir a los candidatos que postularán a diversos cargos de elección popular, así como la publicación de los resultados del referido método de opinión pública. En tanto que se sobreseyeron los juicios respecto del Acuerdo de la Comisión Estatal de Procesos Internos por el que se hicieron del conocimiento público los elementos metodológicos y datos técnicos de los estudios de opinión pública a la que se refiere la base octava, del apartado “A)”, correspondiente a la base previa de la convocatoria emitida para la elección de diputados locales y miembros de ayuntamientos, expedida por el Comité Directivo Estatal el pasado 17 de mayo.

En otro orden de ideas, la Sala Superior del TEPJF resolvió cuatro recursos de apelación, interpuestos por Convergencia, PAN y Nueva Alianza, en contra de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, y de la Comisión de Fiscalización de los Recursos de los Partidos y Agrupaciones Políticas del IFE, así como dos juicios de revisión constitucional electoral, promovidos por Convergencia.

El cuanto a los recursos de apelación interpuestos por los partidos Acción Nacional y Nueva Alianza, relacionados con la aprobación del criterio de la Comisión de Fiscalización del IFE para valorar la documentación presentada fuera del plazo concedido para subsanar los errores u omisiones encontrados durante la revisión de los informes anuales correspondientes al ejercicio 2006, se quedaron sin materia, debido a que en sesión de 27 de junio pasado, la Sala Superior revocó el acto impugnado.

En relación al recurso de Nueva Alianza, se desechó, en virtud de que el procedimiento oficioso constituido en su contra no constituye un acto definitivo ni firme, además de que el recurrente agotó su derecho de impugnación al presentar el SUP-RAP-46/2007, que se encuentra en sustanciación en este órgano jurisdiccional.

Por último respecto de juicios presentados en Baja California y Oaxaca, se ordenó a la Dirección Ejecutiva el Registro Federal de Electores, por conducto de las respectivas vocalías de las Juntas Ejecutivas, expedir y entregar su credencial para votar con fotografía a los ciudadanos Hermenegildo Cano Carmona, Enedino Toledo López y Pedro Celestino Jiménez García y José Luis García Fentanes, respectivamente, así como incluirlos en la lista nominal de electores. En tanto que se desecharon ocho medios de impugnación que cuestionaron diversas determinaciones de autoridades electorales de Chiapas, Michoacán y Oaxaca, así como de órganos de dirección de los partidos Acción Nacional y Revolucionario Institucional.